Probatoria de servicios y remuneraciones anteriores al 01/01/2016. A los efectos de la acreditación por parte de la ANSES de los períodos desempeñados en el ámbito de la Ley N° 27.203 con anterioridad a su entrada en vigencia como así también las remuneraciones percibidas, se considerará suficiente la presentación de recibos de sueldo y/o planillas de detalle de pagos y retenciones, emitidos por la Asociación Argentinas de Actores y certificados por el responsable de dicha Asociación. En su defecto, se podrán presentar otros medios de prueba, a fin de acreditar el tiempo trabajado en la actividad actoral al amparo de la Ley N° 27.203, según las pautas que establezca esta Administración Nacional.
En el caso que no se cuente con los recibos de sueldo, para los periodos en que se probaron los servicios en la actividad laboral, se considerará como remuneración el importe del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente en el momento de la prestación de la tarea o su proporcional en función del tiempo trabajado.
Resolucion 170-2023 Probatoria de Serv y Remuneraciones Anterior Al 01-01-2016 de La Ley 27203 by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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