#IMPUESTO A LAS GANANCIAS Jurisprudencia Fallo AUTOMOTORES MAIPU S.A. c. A.F.I.P. - D.G.I. s/ ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, sala B - Ajuste por inflación 27/12/2023

Acción declarativa de certeza. Ajuste por inflación. Pericia contable. Confiscatoriedad. Procedencia de la vía intentada.
La sentencia que admitió la acción declarativa, declarando la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.073 y de toda otra normativa que impida la aplicación del ajuste por inflación debe ser confirmada, pues, valorando los términos de la pericia contable rendida, se concluye que no aplicar el ajuste por inflación en la presente, originaría que la sociedad actora debería abonar el tributo sobre ganancias superiores a las efectivamente devengadas, desvirtuando así las pautas fijadas en el precedente “Candy” de la CSJN. El impedimento de ajustar los balances mediante el mecanismo del título VI de la Ley de Impuesto a las Ganancias ocasionaría una lesión patrimonial de entidad, afectando su capacidad contributiva, demostrándose en el subexamine que la diferencia existente en la determinación tributaria frente a la no aplicación del mecanismo de ajuste por inflación, se traduce en confiscatoriedad y vulneración del principio de reserva legal en materia tributaria, al afectarse aquello a lo que no está destinado el tributo, porque el Estado sólo puede obtener recursos de las ganancias o rentas de los contribuyentes, pero no de su capital, al menos en orden al impuesto a las ganancias.
La objeción a la vía intentada que plantea la AFIP demandada debe ser rechazado, a poco de reparar que existe un verdadero estado de incertidumbre de la sociedad actora sobre si resulta aplicable o no a su situación tributaria la normativa contemplada bajo el denominado “ajuste por inflación”. Puede advertirse de los términos de la acción declarativa que la presentación no radica en un planteo meramente consultivo, ni importa una indagación especulativa sino que responde a un caso que busca precaver los efectos de actos en ciernes a los que la actora atribuye ilegitimidad y lesión a su derecho de propiedad. Más aún, dirigido a clarificar el modo en que debe cumplimentar su obligación fiscal, y precisar si se encuentra alcanzado por los efectos que de las mismas se derivan.
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