Establecer el procedimiento a seguir para que el reconocimiento de la movilidad que corresponda a cada régimen de Retiros de Policía y Servicio Penitenciario provincial.
Reconocer el incremento desde la vigencia de la norma provincial hasta su efectivo pago en el Sistema Liquidador de ANSES.
Las distintas UTP, UCP U OTP, estarán a cargo de realizar el cálculo del/ los aumentos que correspondan a estos regímenes.
Correspondiendo, asimismo, a la provincia, a través del Centro de Cómputos pertinente (UTP, UCP, OTP, Gobernación), informar las novedades para el ingreso a la liquidación de ANSES, en el Diseño de Registro informado en los anexos I y II que se adjuntan.
Mensualmente los organismos provinciales reciben de parte de la Coordinación Control de Procesos de ANSES el archivo de sus propios beneficiarios por SITACI, el cual será utilizado para calcular la liquidación de la movilidad.
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