Se establece que los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales 2442/2008 y 4003-E/2017 (A.F.I.P.), podrán )con carácter de excepción) efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) -TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de abril de 2024, inclusive.
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