#Procedimiento Tributario Jurisprudencia Fallo Dodera, Carlos María (TF 78997009-I) c. Dirección General Impositiva s/ recurso directo de organismo externo - Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso administrativo Federal, sala IV - domicilio fiscal electrónico. 08/02/2024

Extemporaneidad. Notificación en domicilio fiscal electrónico.
El recurso de apelación debe ser rechazado, por extemporáneo, pues: 
  1. la parte actora tenía constituido el domicilio fiscal electrónico y no acreditó haber estado alcanzada por la excepción establecida en el art. 8º de la RG 4280; 
  2. no existe controversia respecto a la fecha en que la resolución fue notificada al domicilio fiscal electrónico; y 
  3. el plazo de quince días para interponer el recurso ante el Tribunal Fiscal se encontraba ampliamente vencido a la fecha en que lo hizo.
Los argumentos del contribuyente vinculados a la constitución de un domicilio procesal en el curso de las actuaciones ante la AFIP deben ser rechazados, puesto que aquello no obstaculiza la utilización del domicilio fiscal electrónico por parte del Fisco Nacional y la validez de las notificaciones allí cursadas. A ello cabe añadir que la demandada cursó las notificaciones de acuerdo a lo previsto en la normativa específica, cuya inconstitucionalidad no fue objeto de un planteo concreto y riguroso por la parte interesada; extremo que sella la suerte adversa del agravio vinculado a la afectación de derecho de defensa invocado.
El domicilio fiscal electrónico es una casilla de mensajería privada entre la AFIP y cada contribuyente. Este servicio es único de cada persona, ya que requiere autenticación con clave fiscal para poder ingresar y equivale a un correo electrónico oficial. El acceso es gratuito, seguro y obligatorio. Las comunicaciones que se envíen allí son certificadas por AFIP y se dan por notificadas. Esto quiere decir que todas las semanas los mensajes se entienden como leídos y aceptados, aunque no se hubiera ingresado al servicio o abierto la comunicación. Para constituirlo se debe ingresar con clave fiscal al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, cargar una dirección de correo electrónico y un número de celular.
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