Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y, en el marco de una acción declarativa de certeza, se ordena el cese y el reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias, con más los intereses correspondientes.
En relación con los agravios del fisco nacional relativos a que la pretensión de la parte actora resultaría abstracta en virtud del dictado del decreto 473/23, se considera que deviene insustancial su tratamiento. Teniendo en cuenta los alcances de la pretensión en la causa, se señala que nada impide pronunciarse sobre la constitucionalidad de las normas impugnadas en el caso, en la medida que afectaron los haberes previsionales de la accionante.
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