Se establecen los requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administración y mitigación de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo que los Sujetos Obligados incluidos en el inc. 17 del art. 20 de la Ley 25.246 deberán adoptar y aplicar, de acuerdo con sus políticas, procedimientos y controles, a los fines de evitar el riesgo de ser utilizados por terceros con objetivos criminales.
RESOLUCIÓN 42/2024 (U.I.F.) Requisitos mínimos para la identificación, evaluación, monitoreo, administraci... by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
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