Se deroga la Resolución General 8/2021 (I.G.J.), la cual importó, en torno a las sociedades constituidas en el extranjero, un cambio radical respecto de la actuación de los grupos de sociedades y de las sociedades “vehículo”, introduciendo obstáculos de diversa índole para el funcionamiento de aquel instrumento que fuera admitido y reglamentado originariamente a partir de la Resolución General 22/2004 (I.G.J.). Asimismo, se modifica la Resolución General 7/2015 (I.G.J.), entre los aspectos más relevantes, a los fines de establecer cambios sobre “Sociedades “off shore”.
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