Se ponen en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen de Luz y Fuerza correspondiente al mensual 04/2024, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 06/2024 y considerando los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado del Decreto Nº 274/2024 y la Resolución ANSES Nº 62/2024.
Atento que la publicación del Decreto Nº 274/2024 fue posterior a la liquidación del mensual abril/24 y que las diferencias por movilidad deben abonarse en dicho mensual, se recalcularán las prestaciones y se liquidarán las diferencias brutas de haber generadas, ya sea por el aumento del haber mínimo como del haber máximo, considerando también el concepto de zona austral.
Por ello, las diferencias a favor producto del recálculo establecido en el párrafo anterior se abonarán mediante una liquidación complementaria del mensual abril/24 con el código de concepto 095-000 “Aumento” y los descuentos de ley se realizarán en el mensual mayo/24. 2024
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