Ley 3.195. 13/12/1894. Derogada
OBSERVACION DEROGADA POR LEY 12821 DE
ROGADA POR LEY 13337 BO 19/10/1948
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Ley 3148
Ley 3.148. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3134
Ley 3.134. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3129
Ley 3.129. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3128
Ley 3.128. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la Sra. María B. de Cuenca, viuda del
capitán D. Felipe Cuenca la pensión mensual de veinte y cinco pesos moneda nacional.
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Ley 3144
Ley 3.144. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á cien pesos moneda nacional la pensión
mensual que disfruta la señora Angela C. de Zeballos, viuda del mayor don José M.
Zeballos.
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Ley 3130
Ley 3.130. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á trescientos veinte pesos mensuales, la
pensión que disfruta la señora Isolina Torres de Zavalía.
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Ley 3145
Ley 3.145. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á cien pesos ($ 100 m/n) la pensión
mensual que actualmente disfruta la Sra. Matilde M. de Zeballos, viuda del
teniente coronel D. José Zeballos.
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Ley 3125
Ley 3.125. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase la pensión mensual que actualmente
disfrutan las pensionistas militares que á continuación se expresan:
1a A la señora Juana B. de Villar viuda y madre
respectivamente de los finados coroneles Benito y Clodomiro Villar, a ($ 200)
doscientos pesos.
2a A la señora Juana García de Ferreyra, viuda del
teniente 1° don Pedro J. Ferreyra, á ($ 50) cincuenta pesos.
3a A la señorita Elodia Caraza, hija del coronel
don Manuel Caraza, á ($ 150) ciento cincuenta pesos.
4a A la señora Nicasia D. de Giuffra á ($ 125)
ciento veinticinco pesos.
5a A la señora Tránsito A. de Lamadrid, hija del
general don Gregorio A. de Lamadrid, á ($ 299.20) doscientos noventa y nueve
pesos con veinte centavos.
6a A la señora Manuela Casal, hija del cirujano
Manuel A. Casal, á ($ 70) setenta pesos.
7a A la señorita Elena Saraví, hija del capitán
Fermin Saraví, á ($ 40) cuarenta pesos.
8a A la señora Maria G. de Gómez, madre del soldado
A. Gómez, á ($
9) nueve pesos.
9a A la señora Elodia R. de Ruiz, á ($ 125) ciento
veinte y cinco pesos
10 A la señora Saturnina L. de Lamela, viuda del
coronel don Baldomero Lamela, á ($ 150) ciento cincuenta pesos.
11. A la señora U. de Lara, viuda del teniente
coronel don Joaquin. Lara, á $ 125 moneda nacional, ciento veinticinco pesos.
12. A la señora Dolores R. de Lopez, madre del
mayor don Lúcio Lopez, á pesos 35 moneda nacional (treinta y cinco pesos).
13. A la señora Eulalia V. de Falcón, viuda del
teniente coronel don Manuel Falcón, á pesos 125 moneda nacional ciento veinte y
cinco pesos.
14. A la señora Cornelia L. de Martínez, viuda del
teniente coronel don Dionisio Martínez, á pesos 50 moneda nacional cincuenta
pesos.
15. A la señora Mercedes G. de Heredia, viuda del
teniente coronel don Estanislao Heredia, á pesos 125 moneda nacional, ciento
veinte y cinco pesos.
16. A la señora Aurora R. de Pérez, viuda del
sargento de guardias
nacionales
Manuel Pérez, á pesos 10 moneda nacional (10 pesos).
17. A la señorita Adela Pedriel hija del capitán D.
Saturnino Pedriel á pesos 100 moneda nacional cien pesos.
18. A la Sra. Juana J. de Carballo, viuda del
capitan D. Domingo Carballo, á pesos 40 moneda nacional cuarenta pesos.
19. A la Sra. Emilia D. de Cárcova, viuda del
coronel D. Benigno Cárcova á ($ 200 m/n.) doscientos pesos.
20. A la Sra. Dionisia V. de Vázquez, viuda del
coronel D. Fernando Vázquez á ($ 100 m/n.) cien pesos.
21. A la Sra. Isabel R. de Báez, viuda del teniente
coronel D. Manuel Báez á ($ 150 m/n.) ciento cincuenta pesos.
22. A la Srta. Margarita Rebollo y Paz, nieta del
Brigadier General D. José M. Paz á ($ 150 m/n.) ciento cincuenta pesos.
23. A la Sra. Julia Torrent de Pizarro á ($ m/n.)
60 sesenta pesos.
24. A la Sra. Isaías del Campo de Munilla, viuda
del coronel Munilla, á ($ 225 min.) doscientos veinte y cinco pesos.
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Ley 3161
Ley 3.161. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Aumentase á sesenta pesos mensuales, la pensión de
la Sra. Maria S. de Valerga, viuda del Sargento Mayor D. Agustin Valerga.
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Ley 3140
Ley 3.140. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase al agente de Policía de la Capital, don
Manuel Alvarez la pensión graciable de cincuenta y cinco pesos moneda nacional
mensuales, importe del sueldo que gozaba.
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Ley 3153
Ley 3.153. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Jesús Hernandez de
Zorreguieta, viuda del Ex-Administrador de Correos de la Provincia de Salta, D.
Mariano Zorreguieta, la pensión mensual de setenta pesos moneda nacional.
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Ley 3146
Ley 3.146. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á ciento veinte y cinco pesos, la pensión
mensual que disfruta la Sra. Simona F. de Manzanares, viuda del Teniente Coronel
de la Nación D. Ramón Manzanares.
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Ley 3132
Ley 3.132. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señorita Elida Inés Arana, la
pension de ochenta pesos moneda nacional mensuales.
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Ley 3160
Ley 3.160. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á la suma de cien pesos la pensión
mensual que actualmente disfruta la señora Cleobulina L. Correa, hija del
guerrero de la Independencia don José Narciso Correa.
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Ley 3126
Ley 3.126. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á trescientos cincuenta pesos la pensión
mensual que disfrutan las Srtas. Ercilia y Joaquina Escola, hijas legítimas del
guerrero del Brasil, coronel D. Eduardo Escola.
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Ley 3150
Ley 3.150. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á las Srtas. Corina y Rosario Videla,
sobrinas del General de la Independencia D. José Videla Castillo, la pensión
mensual de cincuenta pesos á cada una.
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Ley 3143
Ley 3.143. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señorita Fortunata Garcia, nieta del
guerrero de la Independencia coronel Pedro García, le pensión mensual de cien pesos.
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Ley 3163
Ley 3.163. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Eduviges C. de Matoso, viuda
de D. Pedro Matoso, la pensión mensual de ochenta pesos.
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Ley 3158
Ley 3.158. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á ciento cincuenta pesos mensuales la
pensión de la Sra. Luisa M. de París, viuda del coronel D. Bernardino Paris.
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Ley 3147
Ley 3.147. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Luisa Villanueva de
Fernandez, madre del Doctor Julio Fernandez Villanueva, la pensión mensual de
cien pesos por el término de ocho años.
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Ley 3136
Ley 3.136. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la viuda é hijos menores del ex-agente
de Policía Martin Ardiles, la pensión graciable de cincuenta y cinco pesos m/n mensuales,
importe del sueldo que aquél gozaba.
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Ley 3149
Ley 3.149. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Concédese una pensión mensual de ciento cincuenta
pesos á los nietos menores del General de la Nación D. Roque Alvarado.
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Ley 3135
Ley 3.135. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Aumentase á cien pesos la pensión mensual de la
señora Delfina Furque de Quiroga, viuda del mayor Francisco Quiroga.
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Ley 3141
Ley 3.141. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á ($ 40 m/n) cuarenta pesos moneda
nacional la pensión de que disfruta la Sra. Josefa Torres de Torres.
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Ley 3138
Ley 3.138. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuárdase á la señora Olegaria Luzuriaga de Barros,
nieta del General don Toribio Luzuriaga, la pensión mensual de doscientos pesos
moneda nacional.
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Ley 3159
Ley 3.159. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á doscientos cincuenta pesas ($ 250 m/n.)
moneda nacional, la pensión que goza !a señorita Virginia Ramos, hija soltera del
guerrero de la Independencia y del Brasil Coronel D. Bonifacio Ramos.
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Ley 3151
Ley 3.151. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á ($ 150 m/n) ciento cincuenta pesos
moneda nacional, la pensión de que actualmente disfruta la señora Maria R. de Vigil,
viuda del Teniente Coronel de infantería don Francisco Vigil.
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Ley 3139
Ley 3.139. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Dolores P. de Blás, viuda del
ex-juez federal doctor don Pablo Blás, la pensión mensual de cien pesos.
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Ley 3127
Ley 3.127. 30/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Aumentase á doscientos pesos la pensión mensual que
actualmente disfrutan las señoras Manuelita y Rita Garcia, hijas del Coronel de
la Nación D. Pedro. Garcia.
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Ley 3120
Ley 3.120. 25/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la Señora Mercedes A. de Campero, viuda
del Sargento mayor D. Anselmo G. Campero, la pensión mensual de cincuenta
pesos.
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Ley 3118
Ley 3.118. 25/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntase á noventa pesos moneda nacional, la
pensión de veinticinco pesos y ochenta y tres centavos (25,83 m/n) que goza la Señora
Adelaida C. de Gonzalez.
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Ley 3122
Ley 3.122. 25/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Auméntanse las pensiones que actualmente disfrutan
las pensionistas militares que á continuación se expresan:
1° A doscientos cincuenta pesos ($ 250) á María y
Paula Pirán;
2° A ciento cincuenta pesos ($ 150) á Deidamia I.
de Peiteado;
3° A noventa
pesos ($ 90) á María Sch. de Terzy.
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Ley 3121
Ley 3.121. 25/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Isabel R. de Riobó, nieta del
Guerrero de la Independencia, D. Cirilo Correa, la pensión mensual de cien
pesosm/n.
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Ley 3115
Ley 3.115. 21/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3114
Ley 3.114. 21/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3116
Ley 3.116. 21/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á las Sras. Rosa y Balbina Araoz,
hermanas del Dr. D. Daniel Araoz, la pensión mensual de $ 50 m/n á cada una.
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Ley 3112
Ley 3.112. 21/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á las Srtas. Benjamina y Esther P. de
Otero, hermanas del teniente 2° Selcán Otero, del mayor Pablo Hunt y del capitán
Hunt, la pensión mensual de veinte y cinco pesos moneda nacional á cada una,
mientras permanezcan solteras.
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Ley 3113
Ley 3.113. 21/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3111
Ley 3.111. 20/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la Sra. Mercedes Quiroga de Berutti,
madre del Sargento Mayor Antonio L. Berutti, la pensión mensual de sesenta pesos.
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Ley 3110
Ley 3.110. 20/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3109
Ley 3.109. 15/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase la pensión de cuatrocientos pesos
mensuales á la viuda é hijos menores del Sr. D. José Manuel Estrada, ex-Enviado
Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República en el Paraguay.
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Ley 3107
Ley 3.107. 15/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la viuda del ex-Ministro
Plenipotenciario en Italia, Doctor Antonio del Viso, la pensión mensual de
cuatrocientos pesos m/n.
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Ley 3108
Ley 3.108. 15/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase pensión á los hijos menores del
ex-diputado al Congreso Nacional Doctor Don Nicólas Leiva, la pensión de cien
pesos mensuales.
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Ley 3105
Ley 3.105. 14/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3101
Ley 3.101. 10/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3102
Ley 3.102. 10/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3103
Ley 3.103. 10/9/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Olaya Anciros, hermana del
ex-arzobispo doctor Federico Anciros, la pensión mensual de 200 pesos.
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Ley 3097
Ley 3.097. 25/8/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á la señora Rafaela Gordillo hija de don
Timoteo Gordillo, ex-intendente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
la pensión mensual de ciento cincuenta pesos moneda nacional.
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Ley 3089
Ley 3.089. 14/8/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Jubílase al ex-Consejero de Educación, ciudadano
Don. Federico de la Barra, con la asignación mensual de cuatrocientos pesos
moneda nacional.
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Ley 3090
Ley 3.090. 14/8/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Jubílase al ex-Consejero de Educación, ciudadano
Don Cárlos Guido y Spano con la asignación mensual de cuatrocientos pesos moneda
nacional.
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Ley 3078
Ley 3.078. 16/7/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
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Ley 3069
Ley 3.069. 9/6/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase á las pensionistas militares señoritas
Clementina y Fortunata Susso permiso para residir en el extranjero durante
cinco años.
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Ley 3068
Ley 3.068. 9/6/1894. Individual, Solo
Modificatoria o Sin Eficacia
Acuérdase el permiso solicitado por la pensionista
militar Margarita Rebollo, para residir en el extranjero por el término de dos años.