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#SeguridadSocial Jurisprudencia 2022 Luoni Pierri, Gloria Josefina c/ A.N.Se.S. s/ reajustes varios - CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - Sala 02 Aportes y Contribuciones - 04/03/2022

El Tribunal cimero en el precedente "Vergara, Alicia Estela c/ A.N.Se.S. s/ Reajustes Varios" (CSJN 000322/2007 (43-V) /CS1 del 3/3/2015)." estableció que "no resulta en principio objetable" el sistema creado por el legislador en el art. 97 de la Ley 24.241. Pues, el supremo remarcó que el causante excedía los años de aportes necesarios para el logro de una jubilación común. Por lo que, ordenó recalcular el ingreso base de forma mixta, contemplando el promedio de los últimos 10 años de aportes efectuados por el causante, de forma tal que queden comprendidas las últimas 60 remuneraciones percibidas en relación de dependencia y las últimas 60 rentas autónomas. Ello así, toda vez que calcular el ingreso base en los términos de la normativa susodicha, teniendo en cuenta únicamente los aportes autónomos que el causante había efectuado durante sus últimos cinco años implicaría desconocer un "85% de la trayectoria laboral acreditada", por lo tanto, no se vería reflejado en dicho cálculo el esfuerzo contributivo del de cujus, vulnerándose de esa forma derechos constitucionales como la protección integral del trabajo y el reconocimiento de los beneficios de la seguridad social (art. 14 bis C.N).

Corresponde declarar la inaplicabilidad del art. 14 apartado 2) de la Resolución 6/09 en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en el precedente "Actis Caporale, Laureano", (Fallo: 323:4216).
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publicado en Id SAIJ: FA22310010




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