#Procedimiento Tributario CABA - Jurisprudencia 2024 GCBA c. Podliszewski Oscar Mariano s/ ejecución fiscal - ABL - pequeños contribuyentes - Tribunal Superior de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -EJECUCIÓN FISCAL 20/03/2024

Sentencia que admitió la excepción de prescripción respecto de ciertos períodos fiscales. Inapelabilidad en razón del monto. Extemporaneidad. Recurso de inconstitucionalidad mal concedido.
El GCBA promovió ejecución fiscal contra Oscar Mariano Podliszewski a efectos de obtener el cobro de la suma de veinticuatro mil quinientos treinta pesos con cincuenta y seis centavos ($24.530,56.-) más intereses y costas, en concepto de Impuesto Inmobiliario; Tasa retributiva de los servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y adicional de la ley nacional nº 23.514 (cuotas 2 a 7, 11 y 12/2014; 1 a 8/2015 y 1/2018) correspondientes al inmueble con partida n° 237031, conforme la constancia de deuda obrante en las presentes actuaciones.
El juez de primera instancia hizo lugar a la referida excepción respecto de las cuotas 2 a 7, 11 y 12/2014 y 1 a 8/2015 (sentencia del 17 de agosto de 2022). En consecuencia, mandó llevar adelante la ejecución fiscal por el período 1/2018.
Dado que conforme el art. 456 del CCAyT (actual art. 458), norma que regula específicamente el caso de las ejecuciones fiscales y ante la cual cede el referido art. 219 (actual art. 221) como norma general, la sentencia del 17 de agosto de 2022 también era inapelable por el monto (cfr. el citado art. 456 y el art. 1º de la resolución CM n° 18/2017), el GCBA debió haber deducido un recurso de inconstitucionalidad contra dicha sentencia dentro del plazo previsto en el art. 28 de la ley nº 402; es decir, dentro de los diez (10) días contados a partir de su notificación ocurrida el 18 de agosto de 2022. Sin embargo, lo presentó el 22 de septiembre de 2022. En consecuencia fue interpuesto transcurrido en exceso del plazo legal.
Por todo lo dicho, corresponde declarar mal concedido el recurso de inconstitucionalidad del GCBA, con costas; y remitir las actuaciones al tribunal interviniente a efectos de que se continúe con el trámite de la ejecución fiscal respecto del período fiscal que no fue declarado prescripto. 
entiendo que el pronunciamiento impugnado no se trata de una sentencia definitiva dictada por el tribunal superior de la causa con competencia para habilitar la intervención de este Tribunal (cfr. art. 27 ley nº 402, según texto consolidado ley n° 6588), motivo por el que el recurso de inconstitucionalidad del GCBA ha sido mal concedido.
Con arreglo a las razones que desarrollé en “GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ GCBA c/ Malabia 2497 SRL s/ ejecución fiscal” (expte. n° 15878/18, sentencia del 14/05/2020), la decisión contra la que fue articulado el recurso de inconstitucionalidad no proviene del superior tribunal de la causa al que se refiere el art. 27 de la ley n° 402. Por ello, voto por declararlo mal concedido. 
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