Pedido de utilización de aportes patronales como créditos fiscales. Cuestión que debe ser analizada en el proceso principal.
Por la resolución del 22 de diciembre de 2023 el señor juez de primera instancia rechazó la medida cautelar solicitada por ambas empresas co-actoras a fin de que se las autorice a aplicar, como créditos fiscales, los aportes patronales ingresados, compensando las deudas fiscales que pudieran tener con la AFIP.
Desde la perspectiva impuesta por las pautas enunciadas en los considerandos que anteceden, resulta inadmisible el planteo recursivo intentado en autos pues, en los términos descriptos, no se verifican los recaudos necesarios para la procedencia de la cautelar peticionada.
En efecto, los pedidos de tendientes a obtener la admisión del cómputo como crédito fiscal en el IVA del 19,5% y del 18% de las remuneraciones del personal en relación de dependencia, según el período (porcentajes que surgen de las leyes N° 27.430 y 27.541) constituyen cuestiones que deberán ser analizadas a la luz del debate y la prueba que se produzca durante la sustanciación del proceso principal.
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇

