Se informan a las áreas operativas de esta Administración, las pautas provisorias que se deberán observar ante la petición, por parte del trabajador discapacitado, de una prestación encuadrada en el Régimen Especial de Seguridad Social para el Empleo Protegido, instaurado por la Ley Nº 26.816.
La Ley Nº 26.816, crea el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad, con jurisdicción en todo el territorio Nacional de la República Argentina.
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