REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 76/18
La presente circular se genera a pedido de la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales, con el objeto de establecer un nuevo procedimiento que permita mejorar la resolución de sentencias. La presente abarca la primera etapa del desarrollo de una nueva funcionalidad en SICASENT -que permitirá integrarlo con GCAU-, y establece las casuísticas y el proceso de sentencias judiciales por reajuste de haberes otorgados por Ley Nº 24.241, que podrán ser liquidadas por esta versión mejorada del Aplicativo SICASENT.
Esta Administración Nacional, en función a las mejoras sistémicas - por las cuales se pueden procesar liquidaciones no solo de manera transaccional sino también BATCH-, y de procesos, instrumentadas desde la Ley 27.260, ha desarrollado en una primera etapa mejoras en el aplicativo denominado SICASENT y en el proceso de resolución de los expedientes de cumplimiento (EC), las que permitirán agilizar el proceso de liquidación de sentencias judiciales para aquellos casos que se encuentren dentro del Orden de Trabajo y que pertenezcan a determinadas tipologías.
Este desarrollo se ha llevado a cabo ante la necesidad de brindar una mejor respuesta a los requerimientos judiciales -atento lo dispuesto en la Acordada 14/2014 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y la emergencia en materia de litigiosidad previsional declarada en la Ley N° 27.260-, y con el objeto de lograr cumplir con la liquidación de una mayor cantidad de sentencias, en atención a los consentimientos determinados en el artículo 4 del Decreto N° 807/16 y en las Resoluciones de ANSES N° 203/16 y N° 198/17. Ello, sin perjuicio del carácter transitorio del mismo atento la necesidad de avanzar con las siguientes etapas del desarrollo, para perfeccionar esta funcionalidad de SICASENT.
Asimismo, esta funcionalidad permitirá obtener un ahorro en materia de costas, intereses, y embargos por montos mayores.
Las liquidaciones que en el mencionado aplicativo pueden ser desarrolladas, responden a las diversas temáticas indicadas en los diferentes fallos judiciales y que fueran objeto de prueba y aprobados por la Dirección Resolución de Sentencias Judiciales (DRSJ) dependiente de la Dirección General de Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales (DGAyLSJ) y de la Dirección Detección dependiente de la Dirección Control Prestacional, dentro de los parámetros establecidos por la Circular DP N° 66/15 o la que en futuro la reemplace. En ese sentido, los beneficios que respondan a cualquiera de las tipologías descriptas en la presente o sus combinaciones podrán ser ingresados y liquidados en el citado aplicativo.
Por su integridad con otros sistemas, esta herramienta efectúa controles y validaciones, evitando que se incorporen datos que no se correspondan con la prestación a liquidar.
A su vez, el proceso de supervisión de las liquidaciones realizadas bajo esta metodología será desarrollado en dos instancias de trabajo, una durante la evaluación de los EC y los parámetros de liquidación, y otra durante el proceso de análisis de los resultados, siendo contestes con la supervisión en línea establecida en el marco de la Res D.E.-A 494/06, 453/11 y la normativa PREV-24-34.
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