Se comunica a todas las Áreas Operativas que la Dirección General de Asuntos Jurídicos por Dictamen Nº 52204 de fecha 20 de abril de 2012 determino acerca de la improcedencia de la equiparación de las actividades mencionadas en la Resolución del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe Nº 362/11, mediante la cual se declara que las tareas desarrolladas en le centro de trabajo de la RUTA 21 km 245 de la localidad de Villa Constitución, Provincia de Santa Fe, por los trabajadores contratistas de Paraná Metal SA son la equiparables a las descriptas en el art. 2 inciso a) del Decreto 4257/68.
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