CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 550/24, celebrado por el SINDICATO ÚNICO DE GUARDAVIDAS Y AFINES, por la parte sindical, y en representación del sector empresario, quienes fueran designados como integrantes de la “Comisión de Interpretación Verificación y Aplicación”, conformada en el artículo 7° del Acuerdo N° 2249/23 , en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 179/91,
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 606/24, celebrado por el SINDICATO DE VIGILADORES E INVESTIGADORES DE LA SEGURIDAD PRIVADA DE TUCUMÁN y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACIÓN (C.A.E.S.I.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 675/13
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL
escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 607/24, celebrado por el SINDICATO LA FRATERNIDAD y la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1544/16 “E”,
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 193/24, celebrado por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS F.A.E.C. y S, la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO Y SERVICIOS C.A.C y S., CONFEDERACION ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA -C.A.M.E.- y la UNION DE ENTIDADESCOMERCIALES ARGENTINAS -U.D.E.C.A.-, en el marco del Convenio Colectivo de trabajo N° 130/75,
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escalas salariales que integran el acuerdo homologado por la Disposición citada en el Visto y registrado bajo el Nº 604/24, celebrado por la UNIÓN PERSONAL DE SEGURIDAD DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, (UPSRA) y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACIÓN (C.A.E.S.I.), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 507/07
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
acuerdo celebrado entre la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL), por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES (AADET), por la parte empleadora, las partes pactan condiciones salariales y laborales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 307/73
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acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA.), por el sector sindical y la ASOCIACION DE HOTELES, RESTAURANTES, CONFITERIAS Y CAFES, por el sector empleador, se establece incrementar el adicional zonal, aplicable al personal hotelero gastronómico comprendido dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo N° 389/04,
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acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS TELECOMUNICACIONES DE ROSARIO (SI.TRA.TEL.), por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, las partes pactan el pago de una suma por única vez de carácter no remunerativo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 724/05 “E”,
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acuerdo y las escalas salariales celebrado entre el SINDICATO DE PRENSA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (SIPREBA), por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS (ARPA), por la parte empleadora, las partes pactan condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 301/75,
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acuerdo y sus anexos celebrados entre la FEDERACIÓN NACIONAL DE TRABAJADORES DE PELUQUERÍA, ESTÉTICA Y AFINES, por la parte sindical, y la CONFEDERACIÓN GENERAL DE PELUQUEROS Y PEINADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, la FEDERACIÓN BONAERENSE DE PELUQUEROS, PEINADORES Y AFINES, y el CENTRO DE PATRONES PELUQUEROS Y PEINADORES DE BUENOS AIRES, por la parte empleadora, as partes pactan nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 730/15
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acuerdos celebrados entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS, por la parte gremial, y la empresa AMERICAS GROUND SERVICES INC. SUCURSAL ARGENTINA por el sector empleador, las partes pactan nuevas condiciones salariales para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 296/98 “E”,
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acuerdo celebrado entre la empresa EMA SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora y el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS (STIGAS) por la parte sindical, las partes convienen suspensiones de personal previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.74
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acuerdo celebrado entre la empresa FV SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora y la Seccional San Miguel de la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA) por la parte sindical, las partes convienen suspensiones de personal previendo el pago de una prestación no remunerativa, durante la vigencia de las mismas, en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744,
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acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.), por la parte sindical, y la firma TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, las partes pactan otorgar un pago de carácter único y extraordinario, no acumulativo, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 497/02 “E”,
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acuerdo y su anexo, celebrados entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, por la parte sindical, y la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN, por la parte empleadora, se establecen nuevas condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1695/23 “E”