#SeguridadSocial Jurisprudencia 2024 Hartmann, Gabriel Leonidio c. ANSeS s/ reajustes varios HABER PREVISIONAL Cálculo del haber Corte Suprema de Justicia de la Nación - 27/08/2024

HABER PREVISIONAL Esfuerzo contributivo. Cálculo arbitrario del haber. Tasa de sustitución. Disidencia.
La declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, en tanto impone un límite cuantitativo a las remuneraciones computables, debe ser revocada, pues permitir que el trabajador que cotizó solo por una parte de su salario de actividad, en virtud del límite contenido en el art. 9 de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de los afiliados (de la doctrina de la Corte sentada en “Gualtieri”, Fallos: 340:411, TR LALEY AR/JUR/15414/2017 a la cual remite).
La sentencia que calculó el haber previsional de un jubilado aplicando una tasa de sustitución entre el monto del haber y el promedio de las remuneraciones de los últimos años de actividad es arbitraria, pues declaró la existencia de un supuesto no contemplado en la ley 24.241 sin realizar el análisis exhaustivo de la normativa que, en el caso, hubiera llevado a una conclusión opuesta (de la doctrina de la Corte sentada en “Benoist”, Fallos: 341:631).
La elección del índice de actualización de las remuneraciones (e incluso la determinación del índice de movilidad) no constituye una facultad privativa o exclusiva del Congreso de la Nación, pues no se trata de materia reservada por la Constitución a este poder (del voto en disidencia del Dr. Rosenkrantz según su disidencia en “Blanco”, Fallos: 341:1924).
Corresponde revocar la sentencia que declara la inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24.241, si el afiliado no aportó sobre la totalidad de sus ingresos estando en actividad ni ejerció las opciones que le hubieran permitido alcanzar la tasa de sustitución razonable. (Del precedente Gualtieri, Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios, al que remite la Corte).





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