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#SeguridadSocial Normativa Ley 8.119 PBA Caja de Seguridad Social para Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires Publicada en el BO 30/11/1973

La Caja de Seguridad Social para odontólogos de la Provincia de Buenos Aires, creada por la ley 6.788, funcionará con el carácter de persona Jurídica de derecho público, de acuerdo con las prescripciones de esta ley y su reglamentación.
La caja es autónoma, tiene por objeto realizar un sistema de previsión y seguridad social fundado en los principios de la solidaridad profesional, cuyas prestaciones alcanzan a los odontólogos colegiados en la provincia de Buenos Aires, que ejerzan en ella al amparo de la ley 6.788, así como los prestatarios en pasividad.
La provincia de Buenos Aires no contrae obligación alguna que se relacione con las emergentes del funcionamiento de la Caja.
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