Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la modificación en la metodología para considerar las remuneraciones para la determinación del haber, de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación.
En este sentido, se establece que para la determinación del cálculo del haber de la prestación de los funcionarios con derecho a la Ley 22.731 texto modificado por la Ley 27.546, deberá considerarse la información de las remuneraciones registradas en SIPA.
Asimismo, y teniendo en cuenta que no deben considerarse las remuneraciones percibidas por suplencias, respecto a lo solicitado en el punto V. Prestaciones - de la norma de procedimiento PREV-11-49 “Régimen Jubilatorio para los Funcionarios y Funcionarias del Servicio Exterior de la Nación - Ley 22.731 modificada por Ley 27.546”, se modifica el segundo punto, el cual queda redactado de la siguiente forma:
- En el caso funcionarios con derecho a la Ley 22.731 texto modificado por la Ley 27.546, deberán estar aclarados los cargos correspondientes a suplencias y el detalle de las remuneraciones percibidas en dichos periodos, con el detalle de dicho ítem.
Respecto del resto de la documentación detallada en la norma, se mantiene la obligación de su presentación.
Lo informado en la presente Comunicación Informativa Interna modifica lo establecido en la norma de procedimiento PREV-11-49 “Régimen Jubilatorio para los Funcionarios y Funcionarias del Servicio Exterior de la Nación - Ley 22.731 modificada por Ley 27.546”, la que será actualizada en función a estos lineamientos.
Las pautas aquí establecidas serán de aplicación para las prestaciones acordadas a partir de la presente Comunicación.
Normativa ANSES COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP N° 60/25 PAUTAS PARA LA DETERMINACIÓN DEL HABER PARA LO... by Estudio Alvarezg Asociados
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