#SeguridadSocial Normativa CNTCP Resolución 7/2026 COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES - Redtifica Resolución N° 6/2026 aumentos salariales para noviembre y diciembre de 2026 Publicada en el BO 18/09/2026

La Resolución 7/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, dispone la rectificación de un error material involuntario cometido en la anterior Resolución N° 6/2026.
Específicamente, corrige los números de informes oficiales asignados a los Anexos 4 y 5, los cuales detallan los aumentos salariales previstos para fin de año: 
  • Artículo 1° (Modificación del Anexo 4): Valida formalmente el informe que contiene la escala salarial con el incremento del 1,6% a partir de noviembre de 2026. 
  • Artículo 2° (Modificación del Anexo 5): Valida formalmente el informe que contiene la escala salarial con el incremento del 1,6% a partir de diciembre de 2026. 
Esta medida no altera los porcentajes de aumento ya pautados, sino que asegura la correcta documentación jurídica y administrativa de las escalas salariales bajo el régimen de la Ley N° 26.844.







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COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
Resolución 7/2026
RESOL-2026-7-APN-CNTCP#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 17/09/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-79156402- -APN-CGDTEYS#MCH; Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y la Resolución N° 6 de fecha 2 de septiembre de 2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES se fijaron los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal en Casas Particulares comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844.

Que se advierte que se ha incurrido en un error material involuntario en los Nros. de informes consignados como Anexos Nros. 4 y 5 en los Artículos 4° y 5° de la referida Resolución, respectivamente.

Que, en tal sentido, en el artículo 4° deberá consignarse como Anexo N° 4 bajo el N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH y en el artículo 5° deberá consignarse como Anexo N° 5 bajo el N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH.

Que en función de lo expuesto corresponde proceder a la rectificación del acto administrativo referido, en los términos del artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha intervenido conforme le es pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 101 del Decreto N° 1759/1972 (t.o. 2017) Reglamentario de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos.

Por ello,

LA PRESIDENTE ALTERNA DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el Artículo 4° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de noviembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 3° y 8°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 4 N° IF-2026-85628114-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”.

ARTÍCULO 2°.- Rectifíquese el Artículo 5° de la Resolución N° 6/2026 de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Fijar un incremento de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas que será del UNO CON SEIS POR CIENTO (1,6%) a partir del mes de diciembre de 2026, con base en los salarios mínimos determinados en los artículos 4° y 9°, para todo el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, conforme las escalas salariales que lucen en el Anexo N° 5 N° IF-2026-85636281-APN-CNTCP#MCH de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES, que forma parte integrante de la presente”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Soledad Moreno

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/09/2026 N° 68156/26 v. 18/09/2026

Fecha de publicación 18/09/2026




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