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#SeguridadSocial Normativa ANSES Resolución 175/2024 Asignación Familiar - Baja FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA Publicada en el BO - 13/05/2024

Se da de baja del Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, a la “FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA” (C.U.I.T. N° 30-70841333-6), desde la fecha de notificación de la presente, en mérito a los antecedentes que la ilustran.


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ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 175/2024

RESOL-2024-175-ANSES-ANSES

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2021-124295368- -ANSES-DAFYD#ANSES); las Leyes Nº 13.047, Nº 24.714; las Resoluciones CGEP Nº 661 de fecha 6 de agosto de 1996, Nº 664 de fecha 22 de agosto de 1996, Resolución SSS Nº 71 de fecha 30 de septiembre de 1999, Resolución N° RESOL-2019-203-ANSES-ANSES de fecha 9 de agosto de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO, tramita un proyecto de resolución a través del cual se dispone la exclusión del Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, de la “FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA” (C.U.I.T. N° 30-70841333-6).

Que la Ley Nº 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, instituyó con alcance nacional y obligatorio, un Régimen de Asignaciones Familiares basado en un subsistema contributivo fundado en los principios de reparto de aplicación a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral, beneficiarios de la Ley sobre Riesgos de Trabajo y beneficiarios del Seguro de Desempleo.

Que la Ley Nº 13.047 creó el Consejo Gremial de Enseñanza Privada, cuyas atribuciones son: “1) Intervenir en la fiscalización de las relaciones emergentes del contrato de empleo privado en la enseñanza y de la aplicación de la presente Ley; 2) Resolver las cuestiones relativas al sueldo, estabilidad, inamovilidad y condiciones de trabajo del personal, que no están contempladas en el presente estatuto”.

Que la Resolución CGEP Nº 661/96 dispuso que el Consejo Gremial de Enseñanza Privada es el organismo legalmente competente para intervenir y disponer en todo lo relativo a las Asignaciones Familiares correspondientes al personal que se desempeña en el ámbito de la Ley Nº 13.047.

Que la Resolución CGEP Nº 664/96 enuncia las Asignaciones Familiares de las que gozará el personal que presta servicios en los Institutos de Enseñanza Privada, enumerados en el artículo 2° de la Ley Nº 13.047.

Que la Resolución SSS Nº 71/99 establece que los establecimientos comprendidos en el Estatuto de los Establecimientos Privados de Enseñanza, aprobado por la Ley N° 13.047, enumerados en los incisos a) y b) del artículo 2° de la mencionada ley, continúan excluidos del régimen instituido por la Ley N° 24.714.

Que dicha norma también establece que continúan excluidos de dicho régimen los establecimientos aludidos en el inciso c) del mismo artículo, que estuvieren inscriptos en el registro que prevé el artículo 2° de la Ley N° 13.047.

Que, a su vez, la Junta Coordinadora de Asociaciones de la Enseñanza Privada (COORDIEP) determinó que la Ley Nº 13.047 dispuso el registro de todos los establecimientos de enseñanza, estuviesen o no reconocidos por el Estado, sea los de enseñanza formal oficialmente reconocida o los de enseñanza informal según la terminología adoptada por la Ley Federal de Educación Nº 24.195 en sus artículos 36 y 35.

Que mediante la Resolución Nº RESOL-2019-203-ANSES-ANSES se creó el Sistema de Cobertura Universal de Niñez y Adolescencia (CUNA), como un procedimiento de control, validación, liquidación y puesta al pago de las Asignaciones en forma directa a través de esta Administración Nacional, correspondientes a los y las titulares comprendidos y comprendidas en la Ley N° 24.714, sus complementarias y modificatorias; permitiendo de esta forma igualar los períodos de liquidación a considerar y la puesta al pago de las asignaciones.

Que a través del documento N° IF-2021-124433958-ANSES-DAFYD#ANSES, luce incorporada la presentación realizada por el apoderado de la FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA (C.U.I.T. N° 30-70841333-6) el día 9 de noviembre, mediante la cual solicita la exclusión de su representada del Régimen de Asignaciones Familiares, instituido en la Ley Nº 24.714, sus normas complementarias y modificatorias.

Que acorde surge de la presentación realizada, dicha Fundación funda su pedido en el hecho que su mandante explota un establecimiento privado de enseñanza regulado por la Ley N° 13.047, por lo que le resulta de aplicación lo dispuesto por la Resolución SSS N° 71/99.

Que, posteriormente, la mencionada institución remitió el Acta Constitutiva de la Fundación, de la que surge que la misma tiene por objeto “promover y desarrollar, a partir de una nueva institución universitaria, creada de acuerdo a las normativas legales vigentes en la materia, actividades académicas, de investigación y de extensión en el ámbito regional de su influencia. Complementariamente, realizará estudios e investigaciones aplicadas, procurando desarrollar una actividad intelectual original al servicio de la realidad nacional y regional, en el ámbito público y privado, nacional e internacional”.

Que, mediante Providencia N° PV-2021-125642689-ANSES-DGDNYP#ANSES, la Dirección General Diseño de Normas y Procesos informó que, de conformidad con la información suministrada por los sistemas informáticos de esta Administración Nacional, la Fundación se encuentra incorporada al entonces Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) desde el período 03/2010.

Que, asimismo, informó que, del sistema informático Administración Datos de Empresas, Monotributistas y Autónomos de esta Administración Nacional, la actividad principal de la Fundación resulta ser la de “Enseñanza universitaria excepto formación de posgrado” (853201), la actividad secundaria la de “Enseñanza secundaria de formación general” (852100), la actividad terciaria la de “Enseñanza inicial, jardín de infantes y primaria” (851020) y su forma jurídica “FUNDACIÓN” (087).

Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, la Dirección General Diseño de Normas y Procesos concluyó que “... correspondería excluir a la FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA (CUIT N° 30-70841333-6) del Régimen de Asignaciones Familiares, encontrándose alcanzada por las disposiciones de la Resolución SSS Nº 71/99, sus normas complementarias, reglamentarias y modificatorias”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que, en consecuencia, corresponde dictar el presente acto administrativo.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.241, el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el Decreto Nº 178/24.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dáse de baja del Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, a la “FUNDACIÓN PATAGONIA ARGENTINA” (C.U.I.T. N° 30-70841333-6), desde la fecha de notificación de la presente, en mérito a los antecedentes que la ilustran.

ARTICULO 2º.- Dése cuenta a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Mariano de los Heros

e. 13/05/2024 N° 28434/24 v. 13/05/2024

Fecha de publicación 13/05/2024




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#SeguridadSocial Normativa CIRCULAR DAFyD Nº 16/24 - ACTUALIZACIÓN DE IMPORTES EN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES PARA EL RÉGIMEN DE RETIROS DE POLICÍA Y PENITENCIARIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY 24/04/2024

Por medio de la presente se informa que junto con los Haberes del mensual MAYO/2024 se liquidaran los retroactivos por las diferencias de acuerdo a las actualizaciones establecidas en los Decreto Nº 12506-HF/2023.  
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#SeguridadSocial Normativa DECRETO 2.105/2023 PBA - Asignaciones Familiares, Administración Publica Provincial Publicada en el BO -22/11/2023

Actualización de los tramos del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/as trabajadores/as de la Administración Publica Provincial,
Se deja establecido la actualización de los tramos de ingreso familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/as trabajadores/as de la Administración Publica Provincial.
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DECRETO 2105/2023

 LA PLATA, 15 de Noviembre de 2023

VISTO el expediente EX-2023-37036482-GDEBA-DPELSPMHYFGP del Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante el cual se propicia dejar establecida la actualización de los tramos de ingreso familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/as trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, aprobado por Decreto Nº 1516/04 y modificatorios, conforme el artículo 1º del Decreto Nº 812/22; desde el 1º de diciembre de 2022, 1º de marzo de 2023, 1° de mayo de 2023, 1º de julio de 2023 y 1º de septiembre de 2023, como asimismo fijar el monto de las prestaciones desde el 1º de julio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1516/04 y modificatorios estableció el régimen de asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires;

Que por Decreto Nº 2060/04 se aprobaron las normas de procedimientos, requisitos y condiciones aplicables para el otorgamiento de las prestaciones previstas en el decreto referido, adaptándolo a las particularidades estatutarias de la Administración Pública Provincial;

Que el Decreto Nº 1460/12 modificó el sentido de acceso a las asignaciones familiares, considerando el ingreso del grupo familiar a los efectos del pago de las mismas, dándole prioridad al análisis de la situación de cada grupo familiar;

Que, en materia de asignaciones familiares, el Poder Ejecutivo, conforme las modificaciones que se van generando en los montos de las retribuciones que perciben los/as agentes de la Administración Publica Provincial por impacto de la política salarial, ha modificado -mediante el dictado de las normas pertinentes- los tramos de ingreso familiar, a efectos de que los/as beneficiarios/as no sean excluidos de su pago;

Que, ante las modificaciones aludidas, resultó necesario precisar una regla de adecuación automática de los tramos de ingreso familiar que modifican el acceso al Régimen de las Asignaciones Familiares;

Que en virtud de ello, el artículo 1º del Decreto Nº 812/22 dispuso que, a partir del 1º de marzo de 2022, los tramos de ingreso familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/las trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, aprobado por Decreto Nº 1516/04 y modificatorios, se incrementarían automáticamente conforme la variación porcentual del valor módulo de la Ley Nº 10.430;

Que mediante Decreto Nº 359/23 se estableció la actualización de los tramos de ingreso familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/las trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, aprobado por Decreto Nº 1516/04 y modificatorios, desde el 1° de septiembre de 2022, desde el 1° de octubre de 2022, desde el 1º de noviembre de 2022 y desde el 1º de diciembre de 2022, como asimismo, se fijó un incremento en el monto de los referidos beneficios a partir del 1° de octubre de 2022;

Que corresponde en esta instancia formalizar las actualizaciones de los tramos de ingreso de acuerdo al artículo 1º del Decreto Nº 812/22 en orden a la adecuación salarial operada en las retribuciones del personal de la Administración Pública desde el mes de diciembre de 2022;

Que, a su vez, y con fundamento en la normativa aludida en el párrafo anterior, resulta conducente formalizar las modificaciones en los tramos de ingreso de acuerdo a las etapas de política salarial fijadas desde el 1º de marzo, 1° de mayo, 1º de julio y 1º de septiembre, de 2023;

Que asimismo con vigencia desde el 1º de julio de 2023 se determina el incremento de los montos de las distintas prestaciones;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística, la Dirección Provincial de Presupuesto Público y la Subsecretaría de Hacienda, áreas pertenecientes al Ministerio de Hacienda y Finanzas, y la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que se han expedido Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida encuadra en el artículo 6º de la Ley Nº 15.164 y modificatoria y el Decreto Nº 11/20, correspondiendo al Ministro de Hacienda y Finanzas refrendar por si y cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, asimismo, se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Establecer con vigencia desde el 1º de diciembre de 2022, 1º de marzo de 2023, 1° de mayo de 2023, 1º de julio de 2023 y 1º de septiembre de 2023, los tramos de ingresos percibidos por el grupo familiar que fijan el acceso a las prestaciones del Régimen de las Asignaciones Familiares de los/las trabajadores/as de la Administración Publica Provincial y beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías, aprobado por Decreto Nº 1516/04, como asimismo los montos de los beneficios, de acuerdo a los valores que se determinan en los Anexos 1 (IF-2023-37031427-GDEBA-DPELSPMHYFGP) y 2 (IF-2023-37031319-GDEBADPELSPMHYFGP) , que forman parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°. Excluir de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares dispuesto por el Decreto Nº 1516/04 y modificatorios, con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los/as trabajadores/as cuyo grupo familiar perciba, a partir del 1º de diciembre de 2022 un ingreso inferior a pesos doce mil cuatrocientos veintitrés ($12.423), a partir del 1º de marzo de 2023 un ingreso inferior a pesos catorce mil novecientos ocho ($14.908), a partir del 1º de mayo de 2023 un ingreso inferior a pesos diecisiete mil trescientos noventa y dos ($17.392), a partir del 1º de julio de 2023 un ingreso inferior a pesos veintiún mil ciento diecinueve ($21.119) y a partir del 1º de septiembre de 2023 un ingreso inferior a pesos veintidós mil novecientos ochenta y tres ($22.983); y a partir del 1º de diciembre de 2022 un ingreso superior a pesos trescientos dieciséis mil setecientos treinta y uno ($316.731) y a partir del 1° de marzo de 2023 un ingreso superior a pesos ochocientos ocho mil ciento veinticuatro ($808.124), que se calculará en función de la totalidad de los ingresos correspondientes al grupo familiar.

ARTÍCULO 3°. Excluir de las prestaciones del régimen de asignaciones familiares dispuesto por el Decreto Nº 1516/04 y modificatorios, con excepción de las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad, a los/as beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social y de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, cuyo grupo familiar en su conjunto perciba ingresos superiores a pesos trescientos dieciséis mil setecientos treinta y uno ($316.731) a partir del 1º de diciembre de 2022 y a pesos ochocientos ocho mil ciento veinticuatro ($808.124) a partir del 1° de marzo de 2023.

ARTÍCULO 4°. Establecer que la percepción de un ingreso superior a pesos ciento cincuenta y ocho mil trescientos sesenta y seis ($158.366) a partir del 1º de diciembre de 2022 y a pesos cuatrocientos cuatro mil sesenta y dos ($404.062) a partir del 1º de marzo de 2023, por uno/a de los/as integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando en la totalidad de los ingresos no alcance a los límites máximos establecidos en los artículos 2° o 3° del presente, según corresponda. No quedarán alcanzadas en las limitaciones del presente artículo las asignaciones familiares por hijos/as con discapacidad.

ARTÍCULO 5°. Establecer que el trabajador o la trabajadora que efectúe deducción especial por cargas de familia correspondiente a hijo/a y/o cónyuge, de conformidad con lo establecido en la Ley de Impuesto a las Ganancias, Texto Ordenado por Decreto N° 649/97 y modificatorias, no podrá percibir las asignaciones familiares por hijo/a, hijo/a con discapacidad o cónyuge que se regulan en el presente decreto.

ARTICULO 6°. Determinar que, a fin de proceder al otorgamiento de las asignaciones familiares en particular, deberán cumplimentarse con los recaudos exigidos en los artículos 5° y 6° del Decreto N° 1363/13.

ARTÍCULO 7º. Facultar al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas complementarias necesarias para implementar lo dispuesto en el presente.

ARTÍCULO 8º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo y de Hacienda y Finanzas, por si y a cargo del despacho del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 9º. Registrar, comunicar, notificar al Fiscal de Estado, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA, pasar al Instituto de Previsión Social, a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires y a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.

Walter Correa, Ministro; Pablo Julio López, a cargo del Despacho; AXEL KICILLOF, Gobernador

 

Anexo 1 Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de diciembre de 2022

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 108.068,00

$ 6.096

$ 108.068,01

$ 158.509,00

$ 3.567

$ 158.509,01

$ 183.002,00

$ 2.148

$ 183.002,01

$ 316.731,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 108.068,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 108.068,01

$ 158.509,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 158.509,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN PRENATAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 108.068,00

$ 6.096

$ 108.068,01

$ 158.509,00

$ 3.567

$ 158.509,01

$ 183.002,00

$ 2.148

$ 183.002,01

$ 316.731,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 316.731,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 316.731,00

$ 6.180

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 316.731,00

$ 37.025

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 12.423,00

$ 316.731,00

$ 9.258

Anexo 1 (continuación) Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de marzo de 2023

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 129.682,00

$ 6.096

$ 129.682,01

$ 190.211,00

$ 3.567

$ 190.211,01

$ 219.603,00

$ 2.148

$ 219.603,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 129.682,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 129.682,01

$ 190.211,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 190.211,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN PRENATAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 129.682,00

$ 6.096

$ 129.682,01

$ 190.211,00

$ 3.567

$ 190.211,01

$ 219.603,00

$ 2.148

$ 219.603,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 808.124,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 808.124,00

$ 6.180

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 808.124,00

$ 37.025

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 14.908,00

$ 808.124,00

$ 9.258

Anexo 1 (continuación) Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de mayo de 2023

 

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 151.296,00

$ 6.096

$ 151.296,01

$ 221.914,00

$ 3.567

$ 221.914,01

$ 256.204,00

$ 2.148

$ 256.204,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 151.296,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 151.296,01

$ 221.914,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 221.914,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN PRENATAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 151.296,00

$ 6.096

$ 151.296,01

$ 221.914,00

$ 3.567

$ 221.914,01

$ 256.204,00

$ 2.148

$ 256.204,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 808.124,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 808.124,00

$ 6.180

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 808.124,00

$ 37.025

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 17.392,00

$ 808.124,00

$ 9.258

 

 

Anexo 1 (continuación) Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de julio de 2023

 

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 183.717,00

$ 12.000

$ 183.717,01

$ 269.467,00

$ 7.022

$ 269.467,01

$ 311.105,00

$ 4.228

$ 311.105,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 183.717,00

$ 39.134

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 183.717,01

$ 269.467,00

$ 24.059

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 269.467,01

 

$ 15.169

ASIGNACIÓN PRENATAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 183.717,00

$ 12.000

$ 183.717,01

$ 269.467,00

$ 7.022

$ 269.467,01

$ 311.105,00

$ 4.228

$ 311.105,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 808.124,00

$ 8.734

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 17.468

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 808.124,00

$ 12.165

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 808.124,00

$ 72.884

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 21.119,00

$ 808.124,00

$ 18.224

 

 

 

Anexo 1 (continuación) Asignaciones familiares para el personal en actividad dependiente de la Administración Pública Provincial Vigente a partir del 1° de septiembre de 2023

 

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 199.927,00

$ 12.000

$ 199.927,01

$ 293.244,00

$ 7.022

$ 293.244,01

$ 338.556,00

$ 4.228

$ 338.556,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 199.927,00

$ 39.134

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 199.927,01

$ 293.244,00

$ 24.059

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 293.244,01

 

$ 15.169

ASIGNACIÓN PRENATAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

 

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 199.927,00

$ 12.000

$ 199.927,01

$ 293.244,00

$ 7.022

$ 293.244,01

$ 338.556,00

$ 4.228

$ 338.556,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 808.124,00

$ 8.734

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 17.468

ASIGNACIÓN POR NACIMIENTO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 808.124,00

$ 12.165

ASIGNACIÓN POR ADOPCIÓN

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 808.124,00

$ 72.884

ASIGNACIÓN POR MATRIMONIO

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 22.983,00

$ 808.124,00

$ 18.224

IF-2023-37031427-GDEBA-DPELSPMHYFGP

Anexo 2 Asignaciones familiares para los beneficiarios/as del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires y La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía

Vigente a partir del 1° de diciembre de 2022

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 108.068,00

$ 6.096

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 108.068,01

$ 158.509,00

$ 3.567

$ 158.509,01

$ 183.002,00

$ 2.148

$ 183.002,01

$ 316.731,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 108.068,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 108.068,01

$ 158.509,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 158.509,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 316.731,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 316.731,00

$ 1.464

 

Vigente a partir del 1° de marzo de 2023

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 129.682,00

$ 6.096

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 129.682,01

$ 190.211,00

$ 3.567

$ 190.211,01

$ 219.603,00

$ 2.148

$ 219.603,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 129.682,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 129.682,01

$ 190.211,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 190.211,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 1.464

 

Vigente a partir del 1° de mayo de 2023

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 151.296,00

$ 6.096

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 151.296,01

$ 221.914,00

$ 3.567

$ 221.914,01

$ 256.204,00

$ 2.148

$ 256.204,01

$ 808.124,00

$ 1.100

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 151.296,00

$ 19.880

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 151.296,01

$ 221.914,00

$ 12.222

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 221.914,01

 

$ 7.706

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 4.437

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 8.874

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 1.464

Vigente a partir del 1° de julio de 2023

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 183.717,00

$ 12.000

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 183.717,01

$ 269.467,00

$ 7.022

$ 269.467,01

$ 311.105,00

$ 4.228

$ 311.105,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 183.717,00

$ 39.134

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 183.717,01

$ 269.467,00

$ 24.059

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 269.467,01

 

$ 15.169

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 8.734

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 17.468

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 2.882

 

Vigente a partir del 1° de septiembre de 2023

PRESTACIÓN

LÍMITE

 

MONTO

ASIGNACIÓN POR HIJO/A

INFERIOR

SUPERIOR

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 199.927,00

$ 12.000

 

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 199.927,01

$ 293.244,00

$ 7.022

$ 293.244,01

$ 338.556,00

$ 4.228

$ 338.556,01

$ 808.124,00

$ 2.165

ASIGNACIÓN POR HIJO/A CON DISCAPACIDAD

INFERIOR

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

 

$ 199.927,00

$ 39.134

Ingreso del grupo familiar entre:

$ 199.927,01

$ 293.244,00

$ 24.059

Ingreso del grupo familiar superior a:

$ 293.244,01

 

$ 15.169

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 8.734

ASIGNACIÓN POR AYUDA ESCOLAR ANUAL PARA HIJO/A CON DISCAPACIDAD

MONTO

Sin tope de ingreso del grupo familiar

$ 17.468

ASIGNACIÓN POR CÓNYUGE

SUPERIOR

MONTO

Ingreso del grupo familiar hasta:

$ 808.124,00

$ 2.882

IF-2023-37031319-GDEBA-DPELSPMHYFGP






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