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#ConvenioMultilateral #Vencimiento para la presentación de la declaración anual jurada –Formulario CM05– período fiscal 2019 operará el día 30 de junio de 2020 #Normativa #Resolución 15/2020 COMISIÓN PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

#ConvenioMultilateral #Vencimiento para la presentación de la declaración anual jurada –Formulario CM05– período fiscal 2019 operará el día 30 de junio de 2020 #Normativa #Resolución 15/2020 COMISIÓN PLENARIA CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77




Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2020

VISTO y CONSIDERANDO:

Que la Resolución General C.A. N° 11/2019 en su artículo 2° estableció como fecha de vencimiento de presentación de la declaración jurada anual (Formulario CM05), correspondiente al periodo fiscal 2019, para los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, el día 15 de mayo de 2020.

Que en virtud de la situación de emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, la que llevó al Poder Ejecutivo Nacional a decretar el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, distintas cámaras empresariales y asociaciones de profesionales solicitan prórroga en el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2019, por lo que, como excepción para el presente año, atendiendo a esas solicitudes , se prorroga dicha fecha de vencimiento.

Por ello,

LA COMISIÓN PLENARIA (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que el vencimiento para la presentación de la declaración anual jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2019 operará el día 30 de junio de 2020, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme a la Resolución General 10/2019.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. Diego Luis Dorigato - Fernando Mauricio Biale









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#IngresosBrutos #conveniomultilateral #- Prorrógase las fechas de vencimiento para la presentación mensual de las declaraciones juradas –Formularios CM03 y CM04 #Normativa #Resolución General 5/2020 COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

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#INGRESOSBRUTOS #EMERGENCIA SANITARIA #Se prorroga al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal #Normativa #Resolución General 3/2020 COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

#INGRESOSBRUTOS #EMERGENCIA SANITARIA #Se prorroga al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal #Normativa #Resolución General 3/2020 COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77


COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020

VISTO y CONSIDERANDO: las Resoluciones Generales Nros. 9/2019 y 15/2019 en las que se establece la entrada en vigencia y posterior aplazamiento del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen general del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

Que por razones técnicas operativas y a efectos de ultimar precisiones y asegurar una correcta implementación, resulta necesario prorrogar la entrada en vigencia de dicho sistema.

Por ello:

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/08/77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrogar al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.

ARTÍCULO 2º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los fiscos adheridos y archívese. Fernando Mauricio Biale - Agustin Domingo










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