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#CONVENIO MULTILATERAL Normativa Disposición 4/2022 COMISIÓN ARBITRAL - Publicada en el BO - 22/12/2022

Se modifica el vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de noviembre del período fiscal 2022 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral con terminación de N° de CUIT (dígito verificador) 8 a 9, el cual operará el día 21/12/2022.

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COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77
Disposición 4/2022
Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2022

VISTO:

El decreto de necesidad y urgencia N° 842-2022 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional por el cual se declara feriado nacional el día 20 de diciembre de 2022 con el fin de que el pueblo argentino pueda festejar y compartir con la SELECCIÓN MASCULINA ARGENTINA DE FÚTBOL el título de Campeones Mundiales de Fútbol obtenido en la “Copa Mundial de la FIFA CATAR 2022”, y la Resolución General N° 15/2021 que establece para el período fiscal 2022, las fechas de vencimiento para la presentación mensual de la declaración jurada –Formularios CM03 y CM04– y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral; y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución General N° 15/2021 establece en su artículo 3° que de fijarse un nuevo feriado nacional o día no laborable que coincidiere con alguna fecha de vencimiento de las previstas en el anexo a que refiere el artículo 1°, el mismo operará el día hábil inmediato siguiente, y que en tal caso, también se correrán sucesivamente las subsiguientes fechas de vencimiento de ese mes.

Que ante ello y haber recibido diferentes consultas respecto a los vencimientos que operan en el día de la fecha, resulta conveniente ratificar lo establecido en el párrafo precedente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Modificar el vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de noviembre del período fiscal 2022 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Convenio Multilateral con terminación de N° de CUIT (dígito verificador) 8 a 9, el cual operará el día 21/12/2022.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese.

Luis María Capellano

e. 22/12/2022 N° 103897/22 v. 22/12/2022

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#ConvenioMultilateral Normativa Resolución General 12/2022COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL Publicada en el BO - 17/11/2022

Habiéndose verificado inconvenientes técnicos para el uso del Sistema SIFERE WEB el día lunes 17 de octubre, día que comenzaron los vencimientos del anticipo septiembre de 2022, por lo que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias, se dispuso, a través de la Disposición de Presidencia N° 3/2022, de fecha 18 de octubre de 2022, tener por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de septiembre del período fiscal 2022, con vencimiento el días lunes 17 de octubre, registrado hasta el día martes 18 de octubre del corriente año.
Ratifíquese la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 3/2022, que se anexa y forma parte de la presente resolución.
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#Convenio Multilateral Normativa DISPOSICIÓN 3/2022 (C.A.C.M.) Presentación de declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al anticipo de septiembre del período fiscal 2022. - B.O. 19/10/2022

Se dispone que se tendrá por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de septiembre del período fiscal 2022 del impuesto sobre los ingresos brutos - Convenio Multilateral, con vencimiento el día lunes 17 de octubre del 2022, registrado hasta el día martes 18 de octubre del corriente año.

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COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Disposición 3/2022

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2022

VISTO:

La Resolución General CA N° 15/2021 que estableció las fechas de vencimiento para el período fiscal 2022, para la presentación de la declaración jurada y pago del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral; y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Resolución General CA N° 16/2016 se estableció para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” –aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral–.

Que se han verificado inconvenientes técnicos para el uso de dicho Sistema SIFERE WEB el día lunes 17 de octubre del corriente, día que comenzaron los vencimientos del anticipo de septiembre de 2022, por lo que algunos contribuyentes se han visto impedidos de presentar y pagar en tiempo y forma sus obligaciones tributarias, debiéndose considerar presentadas y pagadas en término las declaraciones juradas y pagos cuyo vencimiento operó el día lunes 17 de octubre registradas hasta el día martes 18 de octubre del corriente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por realizada en término la presentación de la declaración jurada y el pago correspondiente al anticipo de septiembre del período fiscal 2022 del impuesto sobre los ingresos brutos-Convenio Multilateral, con vencimiento el día lunes 17 de octubre del 2022, registrado hasta el día martes 18 de octubre del corriente año.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese la presente disposición a las jurisdicciones adheridas para que dicten, de corresponder, las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, y archívese

Luis María Capellano

e. 19/10/2022 N° 83968/22 v. 19/10/2022

Fecha de publicación 19/10/2022










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#ConvenioMultilateral Normativa Resolución General 11/2022 COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL - SIRCUPA - Publicada en el BO - 13/09/2022

Se fija para el último trimestre del período fiscal 2022 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago “SIRCUPA”, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas de pago de las empresas Proveedoras de Servicio de Pago (PSP), detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
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COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 11/2022

La Rioja, 08/09/2022

VISTO

El Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago “SIRCUPA”, aprobado por Resolución General Nº 9/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer las fechas de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas decenales y pago de las obligaciones a cargo de las Empresas Proveedoras de Servicios de Pago que ofrecen Cuentas de Pago (PSPOCP).

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.08.77)

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Fijar para el último trimestre del período fiscal 2022 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales, referidas al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago “SIRCUPA”, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas de pago de las empresas Proveedoras de Servicio de Pago (PSP), detalladas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°: Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

Luis María Capellano - Fernando Mauricio Biale

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/09/2022 N° 71833/22 v. 13/09/2022

Fecha de publicación 13/09/2022










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