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#SeguridadSocial Normativa SND Resolución 3487/2026 SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD Aumento para Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad para septiembre 2026 Publicada en el BO 18/09/2026

El aumento para el mes de septiembre de 2026 es del 1,70 %.
La Resolución 3487/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad oficializó este incremento lineal para todas las categorías del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. El cálculo se definió en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del mes de agosto de 2026.
A continuación, se detallan los puntos clave de la normativa: (análisis con IA)
  • Adicional por zona desfavorable: Se ratificó la continuidad del beneficio que otorga un 20 % extra sobre el arancel básico para aquellas prestaciones que se brinden en las provincias de la región patagónica. 
  • Referencia previa: Este ajuste del 1,70 % se aplica directamente sobre los valores vigentes que habían sido aprobados en el mes de agosto mediante la Resolución N° 2775/2026. 














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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 3487/2026
RESOL-2026-3487-APN-SND#MS

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-88317167- -APN-DGD#MS, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.793 y su reglamentación mediante Decreto N° 84/2026, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre de 1998, N° 942 del 31 de diciembre de 2025, N° 27 del 26 de enero de 2026, la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL N° 428 del 23 de junio de 1999, la Resolución de la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 2775 del 21 de agosto de 2026 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 376 de fecha 6 de marzo de 2026, y 415 de fecha 20 de marzo de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 1193/98, por Resolución N° 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que atento a la necesidad de adecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad contenidos en la norma aludida, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización, de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 432 del mentado Directorio y según lo estipulado en Ley N° 27.793.

Que, en este contexto, el 21 de agosto de 2026 se dictó la Resolución N° 2775/2026 de esta Secretaría Nacional de Discapacidad, mediante la cual se estableció una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, para el mes de agosto del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON DIEZ POR CIENTO (2,10 %), sin diferencia por tipo de prestación, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de julio de 2026.

Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica, conforme lo establece el artículo 7° bis de la Ley N° 24.901.

Que corresponde proceder a actualizar dichos valores de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con base en el mes anterior.

Que en este contexto, resulta pertinente establecer una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de septiembre del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON SETENTA POR CIENTO (1,70 %), sin diferencia por tipo de prestación y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de agosto de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 2775/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

Que corresponde ratificar la continuidad del reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) a las prestaciones que se brindan en las provincias de la zona patagónica.

Que la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos del MINISTERIO DE SALUD propicia la presente medida en el marco de sus competencias.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos N° 1193/98 y N° 942/2025, y las Resoluciones N° 376/2026 y su modificatoria N° 415/2026, ambas del Ministerio de Salud.

Por ello,

EL SECRETARIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.– Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de septiembre del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON SETENTA POR CIENTO (1,70 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO (IF-2026-88313287-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de agosto de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 2775/2026 de esta Secretaría Nacional de Discapacidad.

ARTÍCULO 2°. – Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

ARTÍCULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandro Alberto Vilches


e. 18/09/2026 N° 68229/26 v. 18/09/2026

Fecha de publicación 18/09/2026




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#SeguridadSocial Normativa SND Resolución 2227/2026 SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral Publicada en el BO 22/07/2026

Se establece una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de julio del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON NOVENTA POR CIENTO (1,90 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO (IF-2026-68444790-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de junio de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 1297/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

Esta suba se suma a la actualización previa dispuesta por la Resolución 1297/2026, que había fijado para junio un aumento del 2,10% basado en la inflación registrada en mayo. 

La resolución también ratifica la vigencia del adicional del 20% por zona desfavorable previsto en el artículo 7° bis de la Ley 24.901. Este suplemento continuará aplicándose sobre el arancel básico de las prestaciones brindadas en las provincias de la región patagónica.




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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 2227/2026
RESOL-2026-2227-APN-SND#MS

Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-68503538- -APN-DGD#MS, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.793 y su reglamentación mediante Decreto N° 84/2026, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre de 1998, N° 942 del 31 de diciembre de 2025, N° 27 del 26 de enero de 2026, la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL N° 428 del 23 de junio de 1999, la Resolución de la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 1297 del 16 de junio de 2026 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 376 de fecha 6 de marzo de 2026, y 415 de fecha 20 de marzo de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 1193/98, por Resolución N° 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que atento a la necesidad de adecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad contenidos en la norma aludida, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización, de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 432 del mentado Directorio y según lo estipulado en Ley N° 27.793.

Que, en este contexto, el 16 de junio de 2026 se dictó la Resolución N° 1297/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad, mediante la cual se estableció una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, para el mes de junio del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON DIEZ POR CIENTO (2,10 %), sin diferencia por tipo de prestación, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de mayo de 2026.

Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica, conforme lo establece el artículo 7° bis de la Ley N° 24.901.

Que corresponde proceder a actualizar dichos valores de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con base en el mes anterior.

Que en este contexto, resulta pertinente establecer una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de julio del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON NOVENTA POR CIENTO (1,90 %), sin diferencia por tipo de prestación y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de junio de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 1297/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

Que corresponde ratificar la continuidad del reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) a las prestaciones que se brindan en las provincias de la zona patagónica.

Que la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos del MINISTERIO DE SALUD propicia la presente medida en el marco de sus competencias.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos N° 1193/98 y N° 942/2025, y las Resoluciones N° 376/2026 y su modificatoria N° 415/2026, ambas del Ministerio de Salud.

Por ello,

EL SECRETARIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de julio del año en curso, consistente en un incremento del UNO CON NOVENTA POR CIENTO (1,90 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO (IF-2026-68444790-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de junio de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 1297/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

ARTÍCULO 2°. – Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

ARTÍCULO 3°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandro Alberto Vilches

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 22/07/2026 N° 51405/26 v. 22/07/2026

Fecha de publicación 22/07/2026

  Anexo - 1



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#SeguridadSocial Normativa SND Resolución 517/2026 SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de 05/2026Publicada en el BO 21/05/2026

Se establece una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de mayo del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON SESENTA POR CIENTO (2,60 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO I (IF-2026-50096515-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de abril de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 41/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
Se reconoce un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.


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MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 517/2026
RESOL-2026-517-APN-SND#MS

Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-48484416- -APN-DGD#MS, la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.793 y su reglamentación mediante Decreto N° 84/2026, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre de 1998, N° 942 del 31 de diciembre de 2025, N° 27 del 26 de enero de 2026, la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL N° 428 del 23 de junio de 1999, la Resolución de la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 41 del 17 de abril de 2026 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD Nros. 376 de fecha 6 de marzo de 2026, y 415 de fecha 20 de marzo de 2026, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 1193/98, por Resolución N° 428/99 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.

Que atento a la necesidad de adecuar los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad contenidos en la norma aludida, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización, de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 432 del mentado Directorio y según lo estipulado en Ley N° 27.793.

Que, en este contexto, el 17 de abril de 2026 se dictó la Resolución N° 41/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad, mediante la cual se estableció una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, para el mes de abril del año en curso, consistente en un incremento del TRES CON CUARENTA POR CIENTO (3,40 %), sin diferencia por tipo de prestación, calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de marzo de 2026.

Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica, conforme lo establece el artículo 7° bis de la Ley N° 24.901.

Que corresponde proceder a actualizar dichos valores de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC), con base en el mes anterior.

Que en este contexto, resulta pertinente establecer una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de mayo del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON SESENTA POR CIENTO (2,60 %), sin diferencia por tipo de prestación y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de abril de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 41/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

Que corresponde ratificar la continuidad del reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) a las prestaciones que se brindan en las provincias de la zona patagónica.

Que la Subsecretaría de Regulación, Certificación y Proyectos del MINISTERIO DE SALUD propicia la presente medida en el marco de sus competencias.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD.

Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos N° 1193/98 y N° 942/2025, y las Resoluciones N° 376/2026 y su modificatoria N° 415/2026, ambas del Ministerio de Salud.

Por ello,

EL SECRETARIO NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.– Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad para el mes de mayo del año en curso, consistente en un incremento del DOS CON SESENTA POR CIENTO (2,60 %), sin diferencia por tipo de prestación, que obra en el ANEXO I (IF-2026-50096515-APN-SSRCYP#MS), que forma parte integrante de la presente medida, y calculado sobre la base de la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente al mes de abril de 2026, respecto de los valores oportunamente aprobados mediante la Resolución N° 41/2026 de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

ARTÍCULO 2°.– Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.

ARTÍCULO 3°.– Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandro Alberto Vilches

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/05/2026 N° 34217/26 v. 21/05/2026

Fecha de publicación 21/05/2026






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