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DISPOSICION DELEGADA PC 513/2013-ARBA-Impuesto de Sellos -- Establecimiento de la tasa de interés para el mes de enero de 2014 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011).- 04/12/2013

DISPOSICION DELEGADA PC 513/2013-ARBA-Impuesto de Sellos -- Establecimiento de la tasa de interés para el mes de enero de 2014 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011).- 04/12/2013
VISTO:

Que mediante Expediente 22700-0033010-2013 se propicia establecer la forma y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo 304 del Código Fiscal - Ley Nº10397 y modificatorias (T.O. 2011), y

CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros, incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar el plazo de ejecución del contrato;

Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;

Que la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, a través del Departamento de Estadísticas Tributarias, ha emitido un informe de las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia;

Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011);

Por ello,

El Gerente de Estudios y Evaluación Tributaria en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Normativa N° 21/11 dispone:

Art. 1º - Establecer para el mes de Enero de 2014, en el uno con sesenta y cinco veintiocho por ciento (1,6528%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011).

Art. 2º - Registrar, etc.

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Teléfono 011-4241-0237


Jurisprudencia-CACA La Plata- Autos "Compañía Radiocomunicaciones Móviles S.A. C.R.M. - Movicom c/ A.R.B.A. y otro/a s/recurso directo Tribunal de Apelación Fiscal (411)" - IMPUESTO DE SELLOS. TELECOMUNICACIONES -22/08/2013

Jurisprudencia-CACA La Plata- Autos "Compañía Radiocomunicaciones Móviles S.A. C.R.M. - Movicom c/ A.R.B.A. y otro/a s/recurso directo Tribunal de Apelación Fiscal (411)" - IMPUESTO DE SELLOS. TELECOMUNICACIONES -22/08/2013

Contrato de Adjudicación de Licencia de Telecomunicaciones celebrado con la Secretaría de Comunicaciones de la Nación. Contrato de Locación de Servicios de Radiocomunicaciones Fijo de Alta Densidad. CONTRATOS NO ALCANZADOS POR EL IMPUESTO. Servicio público interjurisdiccional. Ley 19.798. Arts. 31 y 75 de la Constitución Nacional. Fines de utilidad nacional.

 
 

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DISPOSICION DELEGADA PC 469/2013-ARBA-Procedimiento tributario - Impuesto de Sellos - Establecimiento de la tasa de interés para el mes de diciembre de 2013 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011). -05/11/2013

DISPOSICION DELEGADA PC 469/2013-ARBA-Procedimiento tributario - Impuesto de Sellos - Establecimiento de la tasa de interés para el mes de diciembre de 2013 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011). -05/11/2013
VISTO:
Que mediante Expediente 22700-0032153-2013 se propicia establecer la forma y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo 304 del Código Fiscal - Ley Nº10397 y modificatorias (T.O. 2011), y
CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros, incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar el plazo de ejecución del contrato;
Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;
Que la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, a través del Departamento de Estadísticas Tributarias, ha emitido un informe de las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011);
Por ello,
El Gerente de Estudios y Evaluación Tributaria en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Normativa N° 21/11 dispone:
Art. 1º - Establecer para el mes de diciembre de 2013, en el uno con sesenta y dos sesenta y cinco por ciento (1,6265%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011).
Art. 2º - Registrar, etc.
 
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Jurisprudencia-CSJN- Impuesto a los Sellos-Banco Nación c. Pcia de Cordoba s/ acción contencioso administrativa-04/06/2013

Jurisprudencia-CSJN- Impuesto a los Sellos-Banco Nación c. Pcia de Cordoba s/ acción contencioso administrativa-04/06/2013
El Banco de la Nación Argentina promovió demanda contra la Provincia de Córdoba a fin de que se revoque la resolución administrativa de la Dirección de Rentas provincial que aprobó la determinación impositiva practicada a la referida entidad en concepto de impuesto de sellos por operaciones realizadas con bonos LECOP nacionales, en boletas pre impresas de "Giros y Transferencias de Fondos", calificándolos como dinero de curso legal y considerando a los depósitos efectuados en esos instrumentos, como giros o transferencias de dinero. La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la acción.

DISPOSICION DELEGADA PC 259/2013-ARBA- Procedimiento tributario -Impuesto de Sellos -- Establecimiento de la tasa de interés

DISPOSICION DELEGADA PC 259/2013-ARBA- Procedimiento tributario -Impuesto de Sellos -- Establecimiento de la tasa de interés para el mes de agosto de 2013 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011)- 03/07/2013
VISTO:
Que mediante Expediente 22700-0029441-2013 se propicia establecer la forma y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo 304 del Código Fiscal - Ley Nº10397 y modificatorias (T.O. 2011), y
CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros, incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar el plazo de ejecución del contrato;
Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;
Que la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, a través del Departamento de Estadísticas Tributarias, ha emitido un informe de las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011);
Por ello,
El Gerente de Estudios y Evaluación Tributaria en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Normativa N° 21/11 dispone:
Art. 1º - Establecer para el mes de agosto de 2013, en el uno con treinta y nueve veintitrés por ciento (1,3923%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011).
Art. 2º - Registrar, etc.

DISPOSICION DELEGADA PC 253/2013-ARBA-Impuesto de Sellos -Tasa de interés 07/2013

DISPOSICION DELEGADA PC 253/2013-ARBA-Impuesto de Sellos -Tasa de interés 07/2013
 
Procedimiento tributario -- Impuesto de Sellos -- Establecimiento de la tasa de interés para el mes de julio de 2013 aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos previstos en el art. 304 Código Fiscal (t. o. 2011).
VISTO:
Que mediante Expediente 22700-0028767-2013 se propicia establecer la forma y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo 304 del Código Fiscal - Ley Nº10397 y modificatorias (T.O. 2011), y
CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros, incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar el plazo de ejecución del contrato;
Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;
Que la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, a través del Departamento de Estadísticas Tributarias, ha emitido un informe de las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011);
Por ello,
El Gerente de Estudios y Evaluación Tributaria en uso de las atribuciones conferidas por Resolución Normativa N° 21/11 dispone:
Art. 1º - Establecer para el mes de julio de 2013, en el uno con treinta y siete cero uno por ciento (1,3701%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011).
Art. 2º - Registrar, etc.