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#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo “Aldana Julia c/ANSeS s/Reajustes varios”, Expte. 31205/2012 Cámara Federal de la Seguridad social, Sala II, Honorarios Profesionales. Actualización. Base regulatoria. Monto en caso de actuar como apoderado 16/08/2023

La solución para mantener actualizada la base de cálculo es considerar el lapso de tiempo que media entre el cierre de la liquidación y la fecha en que se resuelve su aprobación, y adoptar la unidad de medida que fija la Ley de Aranceles para profesionales de abogados, procuradores y los auxiliares de la justicia, vigente a la fecha de corte de Liquidación. Esto permitirá mantener con el mismo valor adquisitivo los emolumentos que se regulan recién al momento de aprobación de la liquidación.
El art. 20 de la Ley de Aranceles (que adiciona un 40% al abogado que actúa en carácter de apoderado sin patrocinio) debe interpretarse en conjunción con el art.14, el que expresamente dispone: “En caso de que en el juicio intervenga más de un abogado o procurador por una misma parte, se considerará a los efectos arancelarios como un solo patrocinio o representación y se regularán los honorarios individualmente en proporción a la tarea cumplida por cada uno. Si el abogado se hiciere patrocinar por otro abogado, los honorarios se regularán considerando al patrocinado como procurador y al patrocinante como abogado”. Es decir, en la actuación conjunta, al aplicarse la Ley de Aranceles, el juez debe establecer los honorarios en forma global, como si hubiese intervenido un solo profesional o procurador, y distribuir los estipendios con relación a las tareas practicadas por cada uno.

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#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo “Altamirano, Marcelina Jorgelina c/ANSeS s/Inc Apelación”, Expte. 3669/2014 - Cámara Federal de Mar del Plata, Honorarios profesionales. Actuación como apoderado sin patrocinio. Incremento. Art. 20 Ley 27.423 19/12/22

Corresponde elevar los honorarios de la letrada que actuó como apoderada sin patrocinio pues en virtud de lo dispuesto por el art. 20 de la ley 27.423 los honorarios de los procuradores se fijarán en un cuarenta por ciento (40%) de los que por esta ley corresponda fijar a los abogados patrocinantes y, si el abogado actuare en carácter de apoderado sin patrocinio, percibirá la asignación total que hubiere correspondido a ambos.
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#SeguridadSocial Normativa CIRCULAR DP Nº 62/23 ACTUALIZACIÓN DE HABERES EN BASE AL SALARIO EN ACTIVIDAD DE LEYES ESPECIALES CON REAJUSTES PREVIOS POR SENTENCIA 03/11/2023

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 40/22 
La presente circular establece el circuito administrativo para las distintas áreas operativas de la ANSES competentes en los casos de reclamos y/o solicitudes de titulares que perciben prestaciones reajustadas por sentencia donde se determine una movilidad equivalente a la variación salarial con una proporcionalidad directa.  
Teniendo en cuenta el tipo de trámite que se encuentra percibiendo el/la titular, las solicitudes podrán ser resueltas por alguna de las unidades operativas, dependientes de la Dirección de Trámites Complejos, según lo detallado en la Circular DP N° 41/20 o la que a futuro la reemplace, o por la Dirección General Análisis y Liquidación de Sentencias Judiciales.
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