El presente manual regula el circuito de aceptación/rechazo/consulta de la oferta de Reparación Histórica de alguna prestación previsional de ANSES.
Se entiende por Procedimiento de reajuste anticipado con aceptación previa a aquellos beneficiarios que se les realizará el reajuste a demanda de cada uno de los titulares y que deben cumplir con ciertas características.
Sujetos incluidos: Este procedimiento será aplicable a aquellos titulares de un beneficio previsional que reúnen los requisitos para ser incluidos en el procedimiento de reajuste anticipado. Están incluidos en este procedimiento aquellos titulares de un beneficio previsional que no hubieren iniciado juicio, su haber reajustado sea inferior a DOS VECES Y MEDIO (2 1/2) el haber mínimo garantizado a que se refiere el artículo 125 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, y se cumpla además alguno de los siguientes requisitos: 1) tengan cumplidos OCHENTA (80) años de edad; o 2) padezcan una enfermedad grave; o 3) el incremento del haber no supere el TREINTA POR CIENTO (30%) del haber mínimo mencionado, y se encuentran a la espera de que se les efectúe el reajuste allí previsto. La Subdirección Ejecutiva de Administración podrá incluir otros sujetos que requieran una solución con mayor urgencia.
El haber del beneficiario se recompone a partir de la posterior aceptación del titular.
El beneficiario tendrá dos opciones aceptar/rechazar la propuesta a través de la web (Mi ANSES) con clave de seguridad social nivel 2.
Si el beneficiario acepta caratula automáticamente un trámite AMNE 404 en estado 14 “iniciación” y lo pasa a estado 40, “Resuelto favorable”. Si el beneficiario rechaza la oferta, el sistema caratula automáticamente un trámite AMNE 404 en estado 14 “iniciación” y lo cambia a estado 83 “Desestimado por titular”. Asimismo cada beneficio tendrá un número de trámite independiente propio de la aplicación reparación histórica.
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