REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 34/19
Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas de esta Administración Nacional las pautas para el inicio y Rehabilitación de una prestación “Pensión no Contributiva por Invalidez”, instituida por la LEY N° 13.478 ART. 9 y reglamentada por el Decreto N° 432/97.
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