#SeguridadSocial Normativa ANSES CIRCULAR DP Nº 23/14 TITULARES DE DERECHO QUE DEBEN PRESENTAR LA DD.JJ. DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS - FORM. F572 A FIN DE ACTUALIZAR CARGAS DE FAMILIA 01/04/2014

Se pone en conocimiento de todas las áreas operativas de este Organismo que para el mensual abril/2014 se envió un mensaje en la OPP/CPP de todos aquellos Titulares de Derecho que deben actualizar la información de sus Cargas de Familia. 
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Jurisprudencia-TFA BA sala II-Transportes Mario Palomba S.A.-Procedimiento Tributario- 01/08/2013

Jurisprudencia-TFA BA sala II-Transportes Mario Palomba S.A.-Procedimiento Tributario- 01/08/2013

Falta de explicitación de la base imponible derivada de la inexistencia de la notificación de los Formularios R-222. Afectación del derecho de defensa. Nulidad de las notificaciones. Disidencia..


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NOTA: Un Fallo Limitó el Ingreso de Empresas al Régimen de Regulación de la AFIP

NOTA: Un Fallo Limitó el Ingreso de Empresas al Régimen de Regulación de la AFIP
http://www.abogados.com.ar/un-fallo-limito-el-ingreso-de-empresas-al-regimen-de-regulacion-de-la-afip/14197 En la causa "Establecimientos Faraón SA s/ Concurso Preventivo", la Sala A de la Cámara Comercial –con los magistrados María Elsa Uzal, Isabel Míguez y Alfredo Arturo Kölliker Freís- confirmó la decisión de un juez concursal.


En ella se había rechazado la posibilidad de que una sociedad concursada acceda a un régimen de regulación o plan de facilidades de pago dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El motivo de la decisión fue que el régimen se encontraba caduco.


El juez de concurso denegó la posibilidad de ingresar al plan basándose en la Ley de Concursos y Quiebras, la cual no faculta a los magistrados a autorizar este tipo de medidas, y aseguró que la compañía debía presentarse ante la AFIP.


Ante la apelación de la resolución por parte de la empresa, que se basó en que "el organismo fiscal desestimaría su pedido de inclusión en el mentado régimen de facilidades de pago", los camaristas decidieron aceptar lo resuelto en primera instancia y rechazar el pedido.


En su determinación, los magistrados aclararon que el pedido debe ser realizado por la sociedad ante la AFIP y si obtuviera una negativa, la sociedad podría presentarse ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.


La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) recientemente presentó una nota ante Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, en la que solicitó la extensión del plan de pagos por considerarlo insuficiente. Además, se requirió que se eleve de 10 millones de pesos a 250 millones de pesos el límite de facturación anual que se debe respetar para ingresar al plan.

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