Se revoca la sentencia que dispuso que se practicara una nueva liquidación respetando los lineamientos de la resolución de la ANSeS 813/92, a fin de que el monto del haber inicial no excediera los límites establecidos por las leyes de fondo, de conformidad con la doctrina sentada por la CSJN en la causa “Villanustre, Raúl Félix”. Falta de acreditación que las mensualidades derivadas del fallo pasado en autoridad de cosa juzgada arrojen resultados que desvirtúen la prestación previsional haciéndola alcanzar niveles irrazonables.
Jurisprudencia 2006 - Mantegazza Angel Alfredo - CSJN- Haberes previsionales - Ejecución de sentencia by Estudio Alvarezg Asociados on Scribd
¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇