Los aportes voluntarios de las AFJP no podrán ser gestionados por ANSES

Un fallo a favor de un afiliado de una de las administradoras determinó que los ahorros sean depositados en un plazo fijo a nombre del juzgado

La justicia de primera instancia hizo lugar a una medida cautelar y ordenó que los ahorros de un ex afiliado al sistema jubilatorio de capitalización, originados en aportes voluntarios, salgan de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y se depositen en un plazo fijo bancario a nombre del juzgado, haciendo lugar a una medida cautelar.
De acuerdo con lo dispuesto, el dinero deberá permanecer allí lo hasta tanto la Justicia determine cuál será el destino de los fondos que habían aportado algunos trabajadores además de los aportes obligatorios.
La decisión, que va en sentido contrario a los fallos anteriores sobre el tema, se refiere al caso de un aportante, Juan Pfirter, quien en octubre de 2008, tenía $47.734,43 de aportes voluntarios, en la administradora Met.
Como hasta ahora no hay reglamentación sobre el destino de esos fondos, la jueza María Emilia Postolovka, del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 10, entendió que debían resguardarse los ahorros del demandante.
El fallo declara la existencia del derecho de acceder a los fondos ya que la ley 26.425, que dispuso la eliminación del régimen jubilatorio de capitalización, previó en uno de sus artículos que los montos derivados de aportes voluntarios continuarán a nombre de quienes los hicieron, quienes podrían enviarlos a la ANSES o a una AFJP.
En tanto, el director ejecutivo de la Anses, Amado Boudou, aseguró que en estos casos, el dinero les será devuelto a los afiliados que así lo deseen en forma directa.