RESOLUCION CD 57/2013-C.P.C.E.C.A.B.A-Normas Contables Profesionales -- Aprobación de la Circular de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera N° 3 (F.A.C.P.C.E.) "Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) - Aprobadas por la Resolución Técnica Nº 26 y las Circulares de adopción de las NIIF". 12/06/2013

RESOLUCION CD 57/2013-C.P.C.E.C.A.B.A-Normas Contables Profesionales -- Aprobación de la Circular de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera N° 3 (F.A.C.P.C.E.) "Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) - Aprobadas por la Resolución Técnica Nº 26 y las Circulares de adopción de las NIIF". 12/06/2013
 
Visto y Considerando:

a) Las atribuciones de este Consejo Profesional para "Dictar las medidas de todo orden que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de las profesiones cuya matrícula controla" (art. 2° inc. f, de la Ley N° 466/00).

b) La ratificación, por Resolución C. D. N° 123/2007, del Acta Acuerdo y el Acta Acuerdo Complementaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), suscriptas en San Fernando del Valle de Catamarca. Las actas mencionadas establecen el compromiso por parte de los Consejos Profesionales de cumplir, entre otras cuestiones, con la sanción sin modificaciones de las normas profesionales aprobadas por la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.

c) La aprobación, por parte del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su Resolución C.D. N° 25/2009 adoptando la Resolución Técnica N° 26 "Normas contables profesionales: Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de la Resolución C.D. N° 22/2011 adoptando la Resolución Técnica N° 29 "Normas contables profesionales: Modificación de la Resolución Técnica N° 26 - "Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB)"".

d) Que el IASB ha realizado modificaciones a los textos originales de las NIIF aprobados mediante la Resolución Técnica N° 26.

e) Que la decisión instrumentada por la FACPCE, a partir de la emisión de la RT N° 26, fue la adopción de los textos originales, sin modificaciones ni adecuaciones de las NIIF, estableciendo el mecanismo de "Circulares de Adopción", para la puesta en vigencia de los nuevos pronunciamientos que el IASB emita.

f) Que el art. 16, inc. g) del Reglamento del Consejo Emisor de Normas Contables y de Auditoría (CENCyA) establece que "Las circulares de adopción de las NIIF se emiten para poner en vigencia, como norma contable profesional, a las nuevas NIIF e Interpretaciones -CINIIF- o a las modificaciones a las NIIF e Interpretaciones -CINIIF- existentes, por parte del IASB.

Por ello,

El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resuelve:

Art. 1° - Aprobar la Circular de Adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera N° 3, "Modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) - Aprobadas por la Resolución Técnica N° 26 y las Circulares de adopción de las NIIF", que modifican el Anexo I de la segunda parte de la Resolución Técnica N° 26, y declararla Norma Profesional, de aplicación obligatoria en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° - Esta resolución tendrá vigencia para los estados contables correspondientes a ejercicios anuales que se inicien a partir del 1° de enero de 2012 -inclusive- y para los estados contables de períodos intermedios correspondientes al referido ejercicio.

Art. 3° - Registrar la presente en el Libro de Resoluciones, difundirla en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comunicarla a los matriculados por todos los medios de difusión de la Institución y con oficio a los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de todas las provincias, a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, a los Colegios y Asociaciones que agrupen a graduados en Ciencias Económicas, a las Excmas. Cámaras Nacionales de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, en lo Comercial y en lo Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, a la Inspección General de Justicia, a la Comisión Nacional de Valores, al Banco Central de la República Argentina, a la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social y demás organismos públicos de control con jurisdicción sobre entes domiciliados en el ámbito de competencia territorial de este Consejo, a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a las Facultades de Ciencias Económicas de las Universidades situadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, Cámaras Empresarias, Entidades Financieras y demás instituciones vinculadas al quehacer económico, a la International Federation of Accountants (IFAC), al American Institute of Certified Public Accountants (AICPA), a la Financial Accounting Standard Board (FASB), y al Grupo de Integración Mercosur de Contabilidad, Economía y Administración (GIMCEA).

Art. 4° - Comuníquese, etc. - Rotman - Schuster.

ANEXO I DE LA SEGUNDA PARTE DE LA RT 26 (Resolución C. D. Nº 57/2013)

Listado de los componentes de las NIIF que fueron adoptados por medio de la RT 26 o de las Circulares de adopción de las NIIF emitidas por la FACPCE (incluyendo la Circular de adopción N° 3)

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