RESOLUCION NORMATIVA 25/2013-ARBA- Impuesto sobre los Ingresos Brutos -- Régimen especial de
retención para actividades agropecuarias -Prórroga de la vigencia de la res. normativa 5/2013 (A.R.). 28/06/2013
VISTO:
Que por el expediente Nº 22700-29028/13 se propicia la
prórroga de la vigencia de la Resolución Normativa N° 5/13 que regula una medida
temporaria referida al tratamiento tributario a aplicar por los agentes de
recaudación, en el marco del Régimen Especial de Retención del Impuesto sobre
los Ingresos Brutos para actividades agropecuarias; y
CONSIDERANDO:
Que en el Libro Primero, Titulo V, Capítulo IV, Sección
Cinco, Partes Primera a Décima de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y
modificatorias se encuentran regulados determinados regímenes especiales de
recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que los artículos 413 a 419, ambos inclusive, de la
Disposición Normativa mencionada en el párrafo anterior regulan particularmente
el régimen vinculado a la actividad agropecuaria;
Que, por su parte, los artículos 452 y concordantes de la
Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 y modificatorias establecen que el
importe a retener e ingresar por el agente de recaudación será el que resulte de
aplicar la alícuota correspondiente al ingreso gravado, conforme con lo
dispuesto por la Ley Impositiva vigente;
Que, mediante la Resolución Normativa N° 5/13, se dispuso
que, entre el 1° de enero y el 30 de junio del corriente año, a efectos de
determinar la alícuota de retención a aplicar de acuerdo con lo previsto en los
artículos 452 y 455 de la Disposición Normativa Serie B N° 1/04, los agentes de
recaudación obligados a actuar como tales de conformidad con el Régimen Especial
de Retención para actividades agropecuarias, ya citado, no deberán considerar lo
dispuesto en el artículo 30 de la Ley N° 14394;
Que, actualmente, manteniéndose las particularidades que
llevaron al dictado de la citada Resolución Normativa, se considera necesario
prorrogar su vigencia;
Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y
Coordinación, y sus dependencias;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 13766;
Por ello,
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la
Provincia de Buenos Aires resuelve:
Art. 1º - Prorrogar la vigencia de la Resolución Normativa
N° 5/13 hasta el 30 de septiembre de 2013, inclusive.
Art. 2º - Registrar, etc.
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