#SeguridadSocial #Asegurador por riesgos del trabajo, tasas, aportes y contribuciones previsionales, inconstitucionalidad #Jurisprudencia #Fallo CNA ART SA c/ EN -AFIP- ley 25.345 - dto. 863/98 s/ proceso de conocimiento

#SeguridadSocial #Asegurador por riesgos del trabajo, tasas, aportes y contribuciones previsionales, inconstitucionalidad #Jurisprudencia #Fallo CNA ART SA c/ EN -AFIP- ley 25.345 - dto. 863/98 s/ proceso de conocimiento

SENTENCIA de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION (Magistrados: Mayoría: LORENZETTI, HIGHTON, FAYT, ZAFFARONI, ARGIBAY. Voto: MAQUEDA) 19/3/14

No resulta atendible el agravio referido a la declaración de inconstitucionalidad del art. 2° del decreto 863/98 si no hay duda de que la litis se circunscribió a discutir sólo lo atinente al art. 1° del decreto, en cuanto, al modificar el art. 2° del decreto 2741/91 -texto según su similar 507/93, ratificado por ley 24.447- estableció el cobro por parte de la AFIP de una tasa por ciertos servicios administrativos vinculados con la percepción y distribución de todos los aportes o contribuciones sobre la nómina salarial que, de acuerdo con la normativa vigente, ella debe recaudar y transferir automáticamente a -entre otras- las empresas aseguradoras de riesgos del trabajo y porque ha de tenerse en cuenta que, por la forma en que la actora planteó su demanda y de la manera en que alegó, surge que no ha controvertido lo atinente a las comisiones bancarias que la propia AFIP debe pagar a los bancos que actúan como mandatarios suyos para la recaudación de los distintos tributos cuya gestión le corresponde. -Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite-.






Id SAIJ: FA14000038




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