#SeguridadSocial #Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente, aportes y contribuciones previsionales, docentes, Administración Nacional de la Seguridad Social #Jurisprudencia #Fallo Gómez, Nora Maria c/ ANSeS s/ reajustes varios

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SENTENCIA, Sala 03, CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: Fasciolo - Laclau - Poclava Lafuente 25/4/11

Habida cuenta que la condena al organismo de liquidar el 82% móvil con arreglo al régimen especial de la ley 24.016 resulta ajustada a derecho a la luz de las constancias de autos, corresponde dejar sin efecto la facultad reconocida por el a quo a la A.N.Se.S. para reclamar de la Caja Complementaria Docente la devolución del porcentaje a su cargo porque, al no haber integrado el objeto de la litis ni ser esgrimida por la accionada en su escrito de responde, resulta inconducente para la solución de la controversia. Ello así, máxime cuando la obligación de liquidar el 82% móvil pesa sobre el organismo, siendo la aludida caja, complementaria y subsidiaria de la A.N.Se.S.
Id SAIJ: FA11310223




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