#SeguridadSocial #Derecho de los beneficios de la seguridad social, beneficios previsionales, prueba, domicilio #Jurisprudencia #Fallo Brea, María Lydia c/ ANSeS s/ pensiones.
SENTENCIA: Nro. Interno: B654XXXVII, 2 20040810, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: Voto: Mayoría: Petracchi, Belluscio, Boggiano, Vázquez, Maqueda, Zaffaroni. Abstención: Fayt. 6/4/04
El hecho de que la actora estuviera afiliada a un régimen previsional no es óbice para acceder a la pensión, máxime cuando se desprende de los dichos de los testigos que la titular no realizó durante su vida labor lucrativa alguna, ni cuenta con otro medio para su subsistencia.
SENTENCIA: Nro. Interno: B654XXXVII, 2 20040810, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. CAPITAL FEDERAL, Magistrados: Voto: Mayoría: Petracchi, Belluscio, Boggiano, Vázquez, Maqueda, Zaffaroni. Abstención: Fayt. 6/4/04
El hecho de que la actora estuviera afiliada a un régimen previsional no es óbice para acceder a la pensión, máxime cuando se desprende de los dichos de los testigos que la titular no realizó durante su vida labor lucrativa alguna, ni cuenta con otro medio para su subsistencia.
A los fines de probar la convivencia en los términos del art. 38, inc. 1, ap. b, de la ley 18.037, las declaraciones testificales y el informe del Archivo de Autónomos -que corresponden a la época en que la causante y su hija convivieron- resultan más idóneas para valorar el lugar de residencia que la copia del documento de identidad que tuvo en cuenta la alzada, pues dicho instrumento fue expedido casi cuatro años después del deceso y el domicilio allí consignado resulta idéntico al que la interesada dijo haberse mudado al morir su madre.
publicado en Id SAIJ: FA04000191
publicado en Id SAIJ: FA04000191
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