#SeguridadSocial #Concursos, AFIP, contribuyentes previsionales, Seguridad social, verificación de impuestos #Jurisprudencia #Fallo EXPTE. Nro. 80263 AFIP EN J° 28973/56130 AFIP EN J° 52908 JURI Y JURI SOC. DE HECHO s/ CONC. PREV. S/ REV. S/ INCONSTITUCIONALIDAD

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SENTENCIA: Nro. Interno: LS 366-041, SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. MENDOZA, MENDOZA, Sala 01, Magistrados: Romano Pérez Hualde Bohm 26/5/2006


En materia tributaria, la ley 23.314 que se refiere al régimen de procedimientos tributarios de la ley 11.683 dispone en su artículo 41 la validez de registraciones con sistemas de computación de datos para todos los sujetos de derecho.

Los contribuyentes responsables y terceros que efectúan resgistraciones mediante sistema de computación, deberán mantener en condiciones de operatividad los soportes magnéticos utilizados en sus aplicaciones que incluyan datos vinculados con la materia imponible por el término de dos años contados a partir de la fecha de cierre de ejercicio en el cual se hubieren utilizado.





Id SAIJ: FA06190093



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