#SeguridadSocial #Contienda negativa de competencia, Sistema único de la seguridad social #Jurisprudencia #Fallo SANTA IVONNE S.A. c/ OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO-ONCA- Y OTROS s/ AMPAROS Y SUMARISIMOS

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SENTENCIA: CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Sala 01, Magistrados: LILIA MAFFEI DE BORGHI, BERNABE L. CHIRINOS, VICTORIA PEREZ TOGNOLA 13/12/2013

En virtud del conflicto negativo de competencia suscitado entre un magistrado a cargo de un Juzgado Federal de Primera Instancia de Seguridad Social y otro a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal, y desprendiéndose sin mayor hesitación que la accionante pretende (mediante in-forme que la ONCCA y UDESCI deberán brindar a la A.F.I.P - D.G.I.) que se ten-gan por cumplidos los pagos de contribuciones al Sistema Único de Seguridad So-cial por los períodos que indica, ha de concluirse que la presente causa involucra cuestiones relativas a la seguridad social, por lo que corresponde declarar la com-petencia del Juzgado Federal de Seguridad Social para seguir entendiendo en autos.

Puede definirse a la competencia como la medida o alcance de la jurisdicción judicial, o sea, el límite que la ley señala para el ejercicio de la jurisdicción a cargo de cada uno de los distintos órganos judiciales. Uno de los aspectos a tener en cuenta para su determinación es la materia en debate, y para ello, es menester señalar que es doctrina de la C.S.J.N. que la competencia ha de determinarse de conformidad a la naturaleza de la pretensión y a la exposición de los hechos que el actor concrete en su demanda (cfr. "Sosa, Juan Francisco y otro c/ Servicios Públicos del Estado de la Provincia de Santa Cruz", sent. del 10.09.92, Fallos 315:2658).



publicado en Id SAIJ: FA13310036




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