#SeguridadSocial #Inhabilidad de título, ejecución fiscal #Jurisprudencia #Fallo Afip-Dgi c/ Central Sudamericanan S.A. s/ Central Sudamericanan S.A.

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SENTENCIA: JUZGADO FEDERAL NRO 2. MENDOZA, MENDOZA, Magistrados: Arrabal 19/11/2014

Debe confirmarse la sentencia que admitió el pedido de ejecución fiscal por aportes y contribuciones a la seguridad social, pues no es de recibo el argumento en lo que respecta a la falta de emplazamiento administrativo previo a la interposición de la demanda y requerimiento de pago, ya que a tenor delos certificados de deuda obrantes en la causa se ejecutan saldos impagos de declaraciones juradas presentadas, para lo cual no se requiere emplazamiento previo, ya que rige el art. 21 del decreto 507/93.

Es improcedente la excepción de inhabilidad de título opuesta a la ejecución fiscal incoada toda vez que los títulos glosados especifican con claridad necesaria los conceptos y períodos reclamados, de todo lo cual se advierte que dichas boletas de deuda han sido confeccionadas respetando la totalidad de los lineamientos establecidos por la normativa vigente.







publicado en Id SAIJ: FA14450010




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