#SeguridadSocial #Jubilación de magistrados, límite de edad, reforma de la constitución #Jurisprudencia #Fallo Converset, Juan Manuel Clemente c/ E.N. s/ Proceso de conocimiento

#SeguridadSocial #regimenespecial #Jubilación de magistrados, límite de edad, reforma de la constitución #Jurisprudencia #Fallo Converset, Juan Manuel Clemente c/ E.N. s/ Proceso de conocimiento

SENTENCIA: JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL NRO 5. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, Magistrados: Biotti 7/8/2017

Debe denegarse la medida cautelar solicitada por un juez con el objeto de que se ordene al Consejo de la Magistratura abstenerse de adoptar cualquier tipo de acción tendiente a cumplir con los requisitos establecidos en el art. 99 inc. 4, tercer párrafo de la Constitución Nacional (reformado por la Convención Constituyente de 1994) que establece el límite de 75 años de edad para el ejercicio del cargo, habida cuenta que en caso de hacerse lugar a lo solicitado el solicitante lograría el cumplimiento de su pretensión, desvirtuando en esa forma el instituto cautelar, por cuanto el objeto de la medida se confundiría con el hipotético resultado correspondiente al pronunciamiento a determinar mediante la sentencia definitiva.








publSAIJ: FA17100009




Solicite asesoramiento, en nuestros canales de comunicación: