#SeguridadSocial #Haber jubilatorio, actualización monetaria, prescripción #Jurisprudencia #Fallo SCHWENDER, GUILLERMO c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
SENTENCIA: Nro. Interno: AST272P201, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE, Magistrados: SPULER - GUTIERREZ - NETRI - GASTALDI 8/11/2016
La presente queja no ha de prosperar pues, frente a los argumentos de los Sentenciantes -que entendieron que había transcurrido el plazo de prescripción al reclamar recién al acogerse al beneficio jubilatorio las diferencias salariales que surgirían de la relación extinguida siete años antes; pero ello no relevaba al Tribunal del deber de pronunciarse acerca de la eventual proyección del planteo referido a la redeterminación del haber- la demandada no hace más que oponer su propio enfoque de la cuestión relativa a la influencia de la declaración de prescripción de la acción para perseguir el cobro de las diferencias salariales sobre la redeterminación del haber previsional, mas sin traer como sustento válido fundamentos constitucionales que revelen la arbitrariedad invocada.
Id SAIJ: FA16090374
SENTENCIA: Nro. Interno: AST272P201, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE, Magistrados: SPULER - GUTIERREZ - NETRI - GASTALDI 8/11/2016
La presente queja no ha de prosperar pues, frente a los argumentos de los Sentenciantes -que entendieron que había transcurrido el plazo de prescripción al reclamar recién al acogerse al beneficio jubilatorio las diferencias salariales que surgirían de la relación extinguida siete años antes; pero ello no relevaba al Tribunal del deber de pronunciarse acerca de la eventual proyección del planteo referido a la redeterminación del haber- la demandada no hace más que oponer su propio enfoque de la cuestión relativa a la influencia de la declaración de prescripción de la acción para perseguir el cobro de las diferencias salariales sobre la redeterminación del haber previsional, mas sin traer como sustento válido fundamentos constitucionales que revelen la arbitrariedad invocada.
Id SAIJ: FA16090374
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