Se establece la actualización trimestral de las remuneraciones para marzo 2022, Haberes mínimos y máximos, Prestación Básica Universal, Pensión Universal para el Adulto Mayor y remuneraciones percibidas por trabajadores estables – Norma complementaria de las leyes 24.241, 26.417 y 27.260.
Se establece el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2022, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley N° 26.417, en $ 32.630,40, mientras que el a haber máximo será de $ 219.571,69.
Se establece que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, texto según la Ley N° 26.222, quedan establecidas en la suma de $ 10.989,91 y $357.166,98 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2022.
Se establece el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley N° 24.241, aplicable a partir del mes de marzo de 2022, en la suma de $ 14.926,92.
Se establece el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) prevista en el artículo 13 de la Ley N° 27.260, aplicable a partir del mes de marzo de 2022 en la suma de $ 26.104,32.


No hay comentarios:
Publicar un comentario