#SeguridadSocial Proyecto HCDN 3798-D-2022 LEY - CREACION PENSION MONETARIA MENSUAL NO CONTRIBUTIVA EN RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA HISTORICA CON LA COMUNIDAD TRAVESTI TRANS. 28/07/2022

Se crea la Pensión para la Comunidad Travesti Trans que consiste en una prestación monetaria mensual de carácter no contributiva, vitalicia e inembargable.
Son beneficiarias de la pensión que crea esta ley todas las personas travestis, transexuales y transgénero mayores de CUARENTA (40) años que hayan realizado su cambio registral en el DNI conforme la Ley N° 26.743 o que acrediten su identidad mediante una declaración jurada simple.
La pensión que crea esta ley es equivalente a UNA (1) jubilación mínima abonada por la ANSES y está sujeta al calendario de aumentos de la misma.
El objeto de esta ley es reconocer y reparar la deuda histórica que el Estado Argentino tiene con la comunidad travesti trans, específicamente con las generaciones que más han padecido la exclusión social, la negación de su identidad y la violación de sus derechos humanos durante la mayor parte de sus vidas. Con este fin proponemos la creación de la Pensión para la Comunidad Travesti Trans, una prestación monetaria mensual equivalente a una jubilación mínima para mayores de 40 años. Se trata de una representación del proyecto 4669-D-2020 de mi autoría, que ha perdido estado parlamentario.
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