#SeguridadSocial Normativa ANSES CIRCULAR DP Nº 63/23 LEY N° 27.675 - PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA PARA PERSONAS CON VIH Y/O HEPATITIS B Y/O C 09/11/2023

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 39/23 
Se pone en conocimiento de todas las Oficinas de atención y de las demás Áreas Operativas dependientes de esta ANSES, las pautas que permitan el inicio, la determinación de derecho y la liquidación, en caso de corresponder, de la Pensión No Contributiva instituida por el artículo 30 la Ley Nº 27.675, reglamentada por el Decreto Nº 804/22.   
La Ley Nacional Nº 27.675, de respuesta integral al VIH, Hepatitis virales, otras infecciones de transmisión Sexual-ITS- y Tuberculosis - TBC, en su Capítulo VII artículo 30, estableció una pensión no contributiva, para personas con VIH y/o hepatitis B y/o C, que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
Por Decreto Nº 804/2022 se reglamentaron diversos aspectos referentes a la tramitación y requisitos de las prestaciones establecidas por la Ley Nº 27.675.
A los efectos de poder acceder a la citada prestación el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN deberá informar a ANSES, a través de los mecanismos de intercambio de información que se establezcan, que la persona solicitante cumple con los requisitos estipulados por la mencionada ley, respecto al diagnóstico y a la existencia de circunstancias de salud que condicionen la vida o generen un impedimento basado en indicadores objetivables, en los casos que corresponda.  
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