#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo Deformichi Ameris Elba c/ANSeS s/Reajustes varios, Expte. 19901/2012 Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, Honorarios Profesionales. Base regulatoria. Actualización 10/8/23

#SeguridadSocial Jurisprudencia Fallo Deformichi Ameris Elba c/ANSeS s/Reajustes varios, Expte. 19901/2012 Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala I, Honorarios Profesionales. Base regulatoria. Actualización 10/8/23
Los honorarios profesionales deben regularse considerando como base regulatoria la cantidad de UMAS que representaban las sumas retroactivas de  capital e intereses actualizadas a la fecha de su devengamiento.  Dicho monto constituye la plataforma actualizada sobre la que se aplicará la escala del art. 21 de la Ley 27.423, ponderando las pautas brindadas por los arts. 16, 19, 29 y 41 de dicho cuerpo normativo
Los honorarios deben actualizarse al momento del pago, para que este resulte cancelatorio en los términos del art. 51 de la Ley 27.423.
La Ley de Aranceles Profesionales establece que “los honorarios por cada una de las partes serán fijados según la cuantía de los mismos, de acuerdo con la siguiente escala”, expresión de la que se colige que contempla la actuación del letrado y del procurador en el doble carácter. Por lo tanto, no cabe adicionarle el 40% del art. 20 a la regulación que resultare para el procurador, pues de otro modo podría excederse el tope del pleito y conduciría a una regulación de tipo confiscatorio.
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