#Sociedades Jurisprudencia Fallo Inspección General de Justicia c. La Toia 1 S.A.S. s/ Organismos externos Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala B - SAS 14/11/2023

SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA - Facultades de la IGJ
La potestad fiscalizadora con que cuenta la IGJ es una herramienta que se halla a su alcance para ejercer la función de control por lo que, como cualquier otra atribución, está sujeta a los condicionamientos propios de la función a la cual sirve, y se halla subordinada, como ya quedó dicho, a la presencia de un interés público, lo cual descarta que el órgano pueda emitir pronunciamiento respecto de actos entre particulares que solo involucren intereses privados
La sociedad no indicó cómo la suspensión de plazos para los procedimientos administrativos durante la pandemia entorpeció el cumplimiento del deber de registración de las actuaciones sociales en forma objetiva y absoluta (arg. arts. 955, 956 y 1732, Cód. Civ. y Com.). Por otra parte, la sociedad sostuvo que las actas se registran electrónicamente conforme el art. 38 de la ley 27.379 pero no se certifican como sucedía con las instrumentadas en soporte físico. No obstante, las Normas de la IGJ relativas a las SAS establecen que la individualización en los registros digitales —por los libros sociales— conlleva su inalterabilidad y que el criptograma otorgado por el asiento permite el cotejo de su contenido (art. 52, párrs. 1 y 2) (del voto en disidencia parcial de la dra. Vásquez).

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