#IMPUESTO A LAS GANANCIAS Jurisprudencia 2024 Garcia, Gustavo Hernan c. EN -AFIP- DGI s/ dirección general impositiva Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso administrativo Federal, sala IV - presupuesto de hecho subjetivo distracto laboral 27/02/2024

Sumas detraídas con motivo del distracto laboral. Subgerente General Adscripto. Cargo que no encuadra en la categoría de “directivo” o “ejecutivo”. Procedencia de la repetición.
La apelación deducida contra la sentencia que admitió la devolución de las sumas detraídas en concepto de impuesto a las ganancias, con motivo del distracto laboral acordado por un trabajador una empresa, debe ser rechazado, pues el memorial del Fisco Nacional no se hace cargo de desvirtuar las conclusiones centrales vertidas por el a quo, relativas a que el cargo subgerencial revestido por el empleado, en función del nivel jerárquico y alcance de las responsabilidades inherentes a aquél, no se encontraría incluido dentro del presupuesto de hecho subjetivo al que alude el art. 8°, inc. a, del decreto 976/2018; y, por tanto, no estaría alcanzado por el tributo en crisis.
Por sentencia del 02.10.23, el señor juez de primera instancia hizo lugar a la demanda de repetición promovida contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) y, en consecuencia, dejó sin efecto la resolución (DV R1II) 53/22 y ordenó el reintegro de la suma de $3.869.835,20, detraída en concepto de Impuesto a las Ganancias (“IG”) con motivo en la desvinculación laboral del actor de la empresa Industrial and Commercial Bank of China (“ICBC”), acaecida el 15.03.19.
En definitiva, el memorial del Fisco Nacional no se hace cargo de desvirtuar las conclusiones centrales vertidas por el a quo, relativas a que el cargo subgerencial revestido por el actor, en función del nivel jerárquico y alcance de las responsabilidades inherentes a aquél, no se encontraría incluido dentro del presupuesto de hecho subjetivo al que alude el art. 8°, inc. a, del decreto 976/18; y, por tanto, no estaría alcanzado por el tributo en crisis. 
Por lo demás, tampoco puede perderse de vista que la decisión de grado se ajusta al criterio adoptado por este tribunal en la causa nº 68.476/2018/CA1 “Maselis, Analía Edith {c/ Dirección General Impositiva s/recurso directo de organismo externo”,,sentencia JUEZ DEdel CAMARA 12.03.19; a cuyos términos y conclusiones me remito en mérito a la brevedad. 
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