#Procedimiento Tributario, Jurisprudencia 2024 Provincia de Tucumán -DGR- c. González, Esteban Agustín s/ Ejecución Fiscal - Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Tucumán, sala laboral y contencioso administrativa - INFRACCION TRIBUTARIA 07/02/2024

Prescripción. Aplicación de la doctrina establecida por la CSJN en la causa "Aplha shipping"
Se rechaza el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia por la que se declara de oficio la prescripción de la acción para aplicar la multa de acuerdo a la doctrina establecida por la CSJN en la causa “Alpha Shipping S.A. c. Provincia de T. D. F. A. e I. A. S. s/ contencioso administrativo – medida cautelar”, en la que se dispuso que a una multa por una infracción tributaria le era aplicable el inciso 4 del artículo 65 del Código Penal, y no los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de Tierra del Fuego que, de manera similar a la legislación tributaria de la Provincia de Tucumán, establecen un plazo de prescripción de cinco años que comenzarían a correr “desde el 1° de enero del año siguiente al cual se haya producido el vencimiento.
Resulta procedente el recurso de casación incoado por la parte actora contra la sentencia por la que se declara de oficio la prescripción de la acción para aplicar la multa, en tanto resula inaplicable la doctrina establecida por la CSJN en la causa “Alpha Shipping S.A. c. Provincia de T. D. F. A. e I. A. S. s/ contencioso administrativo – medida cautelar”, ya que no se trata de un caso que resulta análogo, en tanto la multa de origen tributario que allí se ejecutaba tenía su origen en una fecha anterior a la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial. Más concretamente, la multa cuya prescripción se discute ante esta Corte se originó después del 01/08/2015, bajo un encuadramiento normativo diferente (del voto en disidencia del Dr. Leiva).
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