#SeguridadSocial Normativa DECRETO 296/2024 PBA IPS Haber mínimo PBA Publicada en el BO - 24/03/2024

Se modifica el haber mínimo total de las prestaciones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires a $60.000
Envíenos su consulta 👉🏼



*************************************************

DECRETO 296/2024

 LA PLATA, 24 de Marzo de 2024

VISTO el expediente EX -2023-34362765-GDEBA-DGAIPS, por el cual se propicia modificar el haber mínimo total de las prestaciones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de las políticas sociales implementadas por el Gobierno Provincial, deviene necesario incrementar los haberes mínimos previsionales, de conformidad al artículo 54 del Decreto-Ley Nº 9650/80 –Texto Ordenado Decreto Nº 600/94-, y sus modificatorias;

Que el incremento propiciado obedece a la necesidad de armonizar las políticas previsionales con la política salarial delineada por el Poder Ejecutivo Provincial;

Que en esa dirección resulta pertinente incrementar el haber mínimo total a partir del 1° de agosto de 2023 a pesos sesenta mil ($ 60.000);

Que en consecuencia, y conforme a lo establecido en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/22, el haber mínimo previsional quedará fijado a partir del 1° de agosto de 2023 en la suma de pesos treinta y seis mil ($36.000), mientras que la compensación especial complementaria ascenderá a pesos veinticuatro mil ($ 24.000);

Que la movilidad señalada, encuentra el oportuno respaldo presupuestario conforme el análisis efectuado por el Instituto de Previsión Social, en el marco de la competencia que le asigna el mencionado artículo 54 del Decreto-Ley N° 9650/80 (Texto Ordenado Decreto N° 600/94) y modificatorios y su Decreto reglamentario N° 476/81, que en el artículo 48 faculta a dicho organismo a instar la medida que por el presente se adopta;

Que se han expedido favorablemente la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística dependientes del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General;

Que asimismo han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en los artículos 54 del DecretoLey Nº 9650/80 (Texto Ordenado Decreto Nº 600/94) y modificatorios, Decreto Reglamentario Nº 476/81 y modificatorios, y 144 – proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Establecer a partir del 1º de agosto de 2023 en la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000) el monto del haber mínimo total de las jubilaciones y pensiones contributivas que otorga el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, y a los porcentuales fijados en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 993/22, a partir del 1° de agosto de 2023 el haber previsional mínimo asciende a la suma de pesos treinta y seis mil ($ 36.000) y la compensación especial complementaria al haber mínimo asciende a la suma de pesos veinticuatro mil ($ 24.000).

ARTÍCULO 3°. Encomendar al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires la implementación de las medidas conducentes para aplicar la movilidad señalada, liquidando y abonando en su caso, los complementos correspondientes para los beneficios alcanzados por lo dispuesto en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Trabajo, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA y pasar al Instituto de Previsión Social. Cumplido, archivar.

Walter Correa, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador






¡Seguinos en nuestras redes sociales! haciendo click 👇